Condiciones Generales de Contratación
CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN (CGC) APLICABLES A LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS PRESTADOS POR PROYECTA TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACION, S.L. (PROYECTA TIC)
- ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES CGC.LEGISLACIÓN APLICABLE
1.1. La firma, formalización o cualquier otra forma de suscripción de un CONTRATO de prestación de cualesquiera SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS con PROYECTA TIC lleva aparejada, por parte del CLIENTE, la explícita aceptación y la expresa adhesión a las presentes CGC que han sido elaboradas de acuerdo a la naturaleza de dichos SERVICIOS, y con arreglo a las normas reguladoras del mercado de las telecomunicaciones, del comercio electrónico, de protección de datos de carácter personal y demás legislación vigente en el momento de su publicación.
1.2. A todos los efectos, se considerará que existe CONTRATO de prestación de SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES entre PROYECTA TIC y el CLIENTE cuando aquella facilite, preste, provea, suministre y/o ponga a disposición de éste uno o varios de los SERVICIOS contemplados en la condición 2.4., en cualquiera de sus modalidades, aún cuando dichos SERVICIOS no sean usados o consumidos por el CLIENTE y con independencia de la forma en que dicho contrato esté documentado.
Se considerará igualmente que existe CONTRATO en aquellos supuestos en que, aun no constando firmado por el CLIENTE documento alguno que lo formalice, concurran circunstancias, datos y/o hechos que, necesariamente, evidencien la voluntad inequívoca del CLIENTE de recibir o tener a su disposición los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
1.3. Antes de la suscripción de cualquier CONTRATO de prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS con PROYECTA TIC ésta, bien directamente, bien a través de alguno de sus comercializadores, distribuidores, vendedores y/o cualesquiera otros canales comerciales, incluida su propia página web «www.proyectatic.com», se asegurará de facilitar al CLIENTE el acceso y conocimiento a estas CGC, al modelo de CONTRATO que va a firmar, formalizar y/o suscribir y al Anexo que describe las «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
1.4. En todo lo no previsto en las presentes CGC, será de aplicación la legislación específica que, en cada momento, resulte aplicable en relación con las formas y modos de contratación, con el contenido, extensión, calidad, límites y demás regulación de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, así como a los derechos, garantías, deberes y obligaciones de los consumidores y usuarios.
1.5. En particular, todos los CONTRATOS de prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS pactados entre PROYECTA TIC y el CLIENTE estarán sujetos a lo previsto por las siguientes disposiciones normativas:
1.5.1.Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la Carta de Derechos del Usuario del Servicio de Telecomunicaciones.
1.5.2.Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
1.5.3.Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
1.5.4.Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
1.5.5. Cualesquiera otras de general y/o especial y pertinente aplicación aún cuando no aparezcan recogidas en estas CGC.
1.6. En los supuestos en que una norma altere, con carácter vinculante, los derechos y obligaciones de las partes derivadas de los CONTRATOS suscritos con PROYECTA TIC para la prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, tales derechos y obligaciones habrán de entenderse modificados en el mismo y exacto sentido en que lo hubiera hecho dicha norma, aún cuando no se reflejara tal modificación en estas CGC.
1.7. Ninguna nueva disposición normativa ni, en su caso, ninguna modificación de las que actualmente están en vigor tendrán efectos retroactivos ni serán de aplicación a CONTRATOS de fecha anterior a la entrada en vigor de aquellas salvo que en las mismas se disponga expresamente lo contrario.
1.8. En aquellos casos en que exista cualquier discrepancia entre lo previsto por estas CGC y una disposición normativa de carácter
vinculante, será siempre de aplicación la disposición normativa de carácter vinculante.
- OBJETO.EXTENSIÓN
2.1.Las presentes CGC tienen por objeto regular el conjunto de derechos y obligaciones que incumben tanto al CLIENTE como a PROYECTA TIC en todos los CONTRATOS de prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, entendidos en los términos de la condición 1.2.
2.2. Estas CGC, junto con el modelo de CONTRATO de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS al que las mismas se aplican y el Anexo «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC», forman y constituyen una única unidad contractual inseparable de modo que el contenido de los tres mencionados documentos será vinculante y, por tanto, de obligado cumplimiento para las partes.
2.3.Cuando el CLIENTE de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS sea una entidad distinta a persona física, los derechos a que se refieren las presentes CGC se extenderán, en la medida de lo necesario, a las personas que integran y/o dependen de dicha organización.
En los mismos casos previstos en el párrafo primero de esta condición
2.3. las obligaciones derivadas de estas CGC incumben a la entidad u organización jurídica como unidad y, solidariamente, a quienes, de hecho o de derecho ejerzan sus funciones directivas, de representación, como administradores y, en todo caso, a la persona física que, en su nombre, haya suscrito el CONTRATO con PROYECTA TIC.
2.4. Los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS comercializados, facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC, que pueden constituir el posible objeto de un CONTRATO a los que afectan estas CGC son:
2.4.1. Telefonía fija convencional.
2.4.2. Telefonía fija con tecnología VoIP (voz sobre IP).
2.4.3. Servicios gestionados de central virtual.
2.4.4. Acceso a internet desde ubicación fija.
2.4.5. Telefonía móvil.
2.4.6. Acceso a internet desde telefonía móvil.
2.4.7. Servicio de ubicación y localización por telefonía móvil.
2.4.8. Servicio de tráfico de voz y datos para telefonía móvil en «itinerancia»internacional o «roaming».
2.4.9. Servicio de llamadas de emergencia desde cualquier terminal de telefonía fija o móvil.
2.4.10. Servicio de identificación y duración de llamadas entrantes y salientes.
2.4.11. Servicio de buzón de voz.
2.4.12. Servicio de registros de llamadas entrantes/salientes.
2.4.13. Cualesquiera otros que, desde ahora o en el futuro, aparezcan o puedan aparecer contenidos o reflejados en estas CGC y/o en el ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
2.5. PROYECTA TIC comercializa, vende, facilita, presta, provee, suministra y pone a disposición del CLIENTE los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS a que se refiere esta condición 2.4. bien de forma aislada o bien de forma conjunta agrupados mas de uno en los «packs» especificados en el Anexo en el que se describen las «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
El CLIENTE, si a su derecho conviene, podrá contratar la recepción de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC de manera individual
y/o en forma «packs» de acuerdo al contenido del mencionado Anexo descriptivo de las»CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
2.6. La descripción, naturaleza, características, extensión, límites, precios y tarifas de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS y de los «packs» o PRODUCTOS comercializados, facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC se encuentran recogidos en el Anexo «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC» donde el CLIENTE, en todo momento, podrá consultar toda la información relativa a los mismos.
2.7. Por su propia naturaleza, LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS son de naturaleza variable y evolucionan en función del avance de las tecnologías y los mercados. Así, el Anexo «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC» se irá actualizando para adecuarlo a dicha evolución.
2.8. Los contratos para la prestación de SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL no están sujetos a lo previsto en estas CGC y se regirán por las disposiciones genéricas y/o específicas contenidas en el CONTRATO relativo a dichos SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL.
- OBLIGACIONES DEL CLIENTE
3.1. Obligaciones genéricas exigibles al CLIENTE que suscriba con PROYECTA TIC un CONTRATO de prestación/recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
Por la firma, formalización y/o suscripción, en los términos previstos por la condición 1.2., de un CONTRATO con PROYECTA TIC para la
prestación/recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, el CLIENTE asume las siguientes obligaciones:
3.1.1. No faltar a la verdad, ni falsear, ni alterar de ningún modo, los datos necesarios que, de acuerdo con la legislación vigente, deba comunicar a PROYECTA TIC para que ésta pueda proceder a prestar los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
3.1.2. Notificar por escrito, y mediante cualquier medio que deje constancia de su recepción por PROYECTA TIC, de toda variación, modificación o alteración de los datos reflejados en el contrato al que se aplican las presentes CGC (ejemplificativamente entre otros, y sin que la siguiente relación tenga carácter de exhaustiva, la dirección postal, la dirección de correo electrónico, los números de teléfono móvil y/o fijo de contacto, los dígitos de IBAN de cargo de las facturas…) y que puedan impedir o dificultar el cumplimiento de las obligaciones y derechos que incumben a las partes.
3.1.3. Hacer un uso personal de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS derivados del CONTRATO suscrito con PROYECTA TIC.
Salvo que la finalidad intrínseca del SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratado permita otra cosa (fundamentalmente los destinados a su uso por establecimientos públicos de comunicaciones), o salvo que medie autorización expresa y escrita por parte de PROYECTA TIC, el CLIENTE tiene la consideración de consumidor y/o usuario final de los
SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratados con PROYECTA TIC.
Así, con las mismas salvedades previstas en el párrafo segundo de esta condición 3.1.3., el CLIENTE no podrá revender, comercializar, traficar, mercadear ni realizar ningún otro negocio jurídico, ya sea a título gratuito u oneroso, ya sea total o parcial, sobre los PRODUCTOS DE TELECOMUNICACIONES contratados ni sobre los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
3.1.4. No utilizar los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratados con PROYECTA TIC para fines ilícitos, para realizar actividades que vayan en contra de las disposiciones normativas vigentes en cada momento, o que sean molestas, o que perjudiquen a terceros e impedir que otras personas, con o sin su conocimiento y/o consentimiento, puedan utilizar dichos SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS para los mencionados fines prohibidos.
A los efectos previstos por el primer párrafo de esta condición 3.1.4., el CLIENTE vendrá obligado a cumplir con las órdenes e instrucciones que pueda comunicar le PROYECTA TIC con posterioridad a la aceptación de las presentes CGC.
Si el CLIENTE se negara a cumplir con las órdenes e instrucciones a que se refiere el párrafo segundo de esta condición 3.1.4., PROYECTA TIC podrá proceder a la suspensión parcial y/o total, temporal y/o definitiva, de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS indebidamente usados.
El CLIENTE asume la obligación de exonerar, liberar y mantener indemne a PROYECTA TIC de todos los posibles daños y perjuicios económicos, de imagen y/o de cualquier otra naturaleza causados y/o que pudieran causarse derivados de un mal uso, no imputable a PROYECTA TIC, de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS prestados por ésta. En los casos a los que se refiere este párrafo de la condición 3.1.4., el CLIENTE será el único y exclusivo responsable de los mismos daños y perjuicios que causara o pudiera ocasionar.
3.1.5.Responsabilizarse de la seguridad e integridad de los aparatos, dispositivos, equipos y/o terminales informáticos y/o electrónicos a través de los cuales se reciban o deban recibirse los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS prestados por PROYECTA TIC que se hallen o debieran hallarse en su poder, en su domicilio, dependencias, pertenencias o en lugares que estén o debieran estar bajo su control y dominio, incluso vehículos particulares o de servicio público, así como su protección frente a virus, intrusos, hackers y, en general, ante cualquier agresión o ataque tecnológico o físico que puedan alterar, defraudar,
dificultar, impedir o modificar de cualquier modo el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes.
De acuerdo con lo previsto en el párrafo primero de esta condición 3.1.5., el CLIENTE, libre y voluntariamente, exonera a PROYECTA TIC de toda responsabilidad que pueda derivarse, directa o indirectamente, de cualquier uso abusivo y/o fraudulento que pudiera realizarse respecto de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS puestos a su
disposición, prestados, facilitados y/o proveídos por PROYECTA TIC.
En ningún caso, el uso abusivo o fraudulento de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS realizado por cualquier persona ajena a PROYECTA TIC, servirá de base para discutir, retrasar y/o denegar el pago de las cantidades facturadas por PROYECTA TIC al CLIENTE cuando tales cantidades facturadas se correspondan con el uso (o abuso) del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES que aquel tenga suscrito.
3.1.6. Abonar puntualmente a PROYECTA TIC las cantidades correspondientes al precio por el uso, la utilización y/o la puesta a disposición del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES y/o los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratado de acuerdo con los PRECIOS Y TARIFAS PROYECTA TIC aplicables a cada PRODUCTO o SERVICIO.
De acuerdo con lo previsto por la condición 3.1.5., el CLIENTE no se liberará del cumplimiento de la obligación de pago a que se refiere el primer párrafo de esta condición 3.1.6. aunque el uso (o abuso) del SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitado, prestado, proveído, suministrado y/o puesto a disposición del CLIENTE por PROYECTA TIC lo haya realizado una tercera persona, con o sin consentimiento y/o conocimiento del CLIENTE.
3.1.7. Abonar íntegramente el precio fijo mínimo correspondiente al PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, aun cuando no hubiera consumido o usado la totalidad del facilitado, prestado, proveído, suministrado y/o puesto a su disposición por PROYECTA TIC, en aquellos casos en que el PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado incluya, suponga o implique un precio mínimo fijo a cambio de la puesta a disposición del CLIENTE de un mínimo de uso o consumo de un SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
El CLIENTE no se liberará del cumplimiento de la obligación de pago a que se refiere el primer párrafo de esta condición 3.1.7. aunque no hubiera usado, utilizado y/o consumido, en todo o en parte, el SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratado y puesto a su disposición por PROYECTA TIC.
3.1.8. El incumplimiento por parte del CLIENTE de la obligación puntual de pago a que se refieren las condiciones 3.1.6 y 3.1.7. facultará a PROYECTA TIC, en los términos previstos por la condición 11. o, en su defecto, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, para que pueda suspender, de manera provisional o incluso definitiva, la prestación de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
En los casos de incumplimiento total o parcial de la obligación de pago, el CLIENTE CONSIENTE y AUTORIZA a PROYECTA TIC, de forma expresa y haciendo renuncia formal a cualquier derecho en contra que pudiera corresponderle, para que pueda comunicar sus datos a los diferentes registros y ficheros de morosos existentes o que se puedan crear en el
futuro tales como RAI, ASNEF, BADEXCUG…
3.1.9. Resarcir a PROYECTA TIC de los daños, perjuicios, costes y gastos que pudiera sufrir como consecuencia de un uso ilegal, fraudulento o inadecuado realizado por él mismo o por terceros, con o sin su conocimiento y/o consentimiento, del SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitado, prestado, proveído, suministrado y/o puesto a disposición por aquella.
3.1.10. Disponer de los aparatos, dispositivos, equipos y/o terminales informáticos y/o electrónicos y, en general, de cualquier otro HARDWARE debidamente homologado para la correcta recepción de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratados y facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición del CLIENTE por PROYECTA TIC.
3.1.11. Abstenerse de manipular o alterar, por ningún medio físico, informático ni de ninguna otra naturaleza, cualesquiera elementos, aparatos, dispositivos, equipos, terminales, cables y/o instalaciones a través de los que reciba o deba recibir los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC con la finalidad de acceder a ellos y/o utilizarlos en condición distinta a la de usuario final, para fines distintos de los contratados o de cualquier otra forma o con cualquier otro fin fraudulentos.
E impedir que otros, con o sin su conocimiento y/o autorización, realicen tales actos prohibidos.
3.1.12.Constituir a favor de PROYECTA TIC, de acuerdo con lo previsto en las condiciones 4.5.4., 6.1.5. y 6.1.6. o, en su defecto, dentro de la extensión y con los límites previstos por la legislación vigente, en la forma y por la cuantía que ésta considere más convenientes, cualquier tipo de caución (depósito, fianza o incluso aval bancario, que en ningún caso serán remunerados) a fin de garantizar y asegurar el cumplimiento de la obligación de abono puntual de los servicios.
El incumplimiento de la obligación a que se refiere el párrafo primero de esta condición 3.1.12. facultará a PROYECTA TIC a no iniciar la prestación de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS o, en su caso, a suspender la prestación de los SERVICIOS ya iniciados hasta tanto se constituya la garantía solicitada.
3.1.13.Cumplimentar debidamente, firmar en original el modelo de CONTRATO de prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS y (cuando, de acuerdo a lo previsto por la condición 4.1.3., el CLIENTE hubiera optado por el pago mediante domiciliación bancaria de las facturas giradas por PROYECTA TIC)el documento que contiene el «Mandato SEPA» y entregar personalmente o, enviar, remitir y/o hacer llegar el original firmado de ambos documentos a PROYECTA TIC, a la siguiente dirección postal:
PROYECTA TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN, S.L.
C/ Florida, 26
28670 – Villaviciosa de Odón
Madrid
El plazo para el cumplimiento,por parte del CLIENTE, de la obligación a que se refiere el párrafo primero de esta condición 3.1.12. será de 30 (treinta) días naturales contados desde la fecha de la firma del contrato. PROYECTA TIC se reserva el derecho de proceder a no iniciar la prestación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES contratados,o a suspender la prestación de los ya iniciados hasta que el CLIENTE cumpla con esta obligación a que se refiere esta condición 3.1.13..
3.1.14. Cumplir con las demás obligaciones y prohibiciones derivadas del CONTRATO suscrito con PROYECTA TIC, de las presentes CGC, o las que le vengan impuestas por la vigente legislación.
3.2. Otras obligaciones adicionales que incumben al CLIENTE en aquellos casos en que se le suministren aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales informáticos y/o electrónicos y, en general, cualquier tipo de HARDWARE propiedad de PROYECTA TIC.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE reciba cualquier tipo de HARDWARE electrónico y/o informático asociado que sea propiedad de PROYECTA TIC, dicho HARDWARE se considerará entregado al CLIENTE en régimen de alquiler de bien o cosa mueble con una duración, salvo pacto expreso en contra, de 24 (veinticuatro) meses.
En tales casos, serán obligaciones del CLIENTE, además de cualesquiera otras que se establecen con carácter general, las que se detallan a continuación en esta condición 3.2. y/o se deduzcan de las presentes CGC y/o del ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
3.2.1. Firmar el albarán estandarizado de recepción del HARDWARE donde figurarán la clase, el número de unidades, las marcas, los modelos, los números de serie y cualesquiera otros datos y características identificativas que permitan su individualización entre un grupo de otros similares.
3.2.2.Dar al HARDWARE un uso racional, normal y adecuado a su finalidad, y cuidarlo y mantenerlo con la debida diligencia procurando, por todos los medios a su alcance, que no sean alterados, manipulados dañados, destruidos, hurtados, robados o sustraídos ni perjudicados de ningún otro modo.
3.2.3. Abonar a PROYECTA TIC puntualmente, en la misma factura y junto con el precio de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, el canon arrendaticio o renta por el mencionado HARDWARE.
3.2.4. Suscribir, a su costa, una póliza de seguro (o ampliar la póliza de que disponga) para garantizar cualquier siniestro que pueda afectar al HARDWARE, desde su destrucción total o parcial por cualquier causa, a su hurto, robo o sustracción.
3.2.5.Comunicar de inmediato a PROYECTA TIC, de manera fehaciente, cualquier tipo de reclamación, tercería, acción judicial o administrativa, demanda, embargo o apremio que se dirija, pretenda o produzca contra el HARDWARE.
Con independencia de lo previsto en el párrafo primero de esta condición 3.2.5., el CLIENTE, en la forma establecida por las leyes
vigentes aplicables a cada caso en concreto, deberá proceder a poner formal y fehacientemente en conocimiento de cualquier tercero que dirija o pretenda tales acciones contra el HARDWARE, que dichos equipos son propiedad de PROYECTA TIC y que el CLIENTE dispone de ellos en régimen y a título de arrendamiento.
3.2.6. Constituir a favor de PROYECTA TIC, en la forma que el cliente considere más conveniente (ingreso en cuenta, transferencia bancaria, cargo contra tarjeta de crédito…) cualquier tipo de depósito, fianza o incluso aval bancario, que en ningún caso serán remunerados, para garantizar el cobro de las rentas correspondientes al HARDWARE.
El depósito, garantía, fianza o aval bancario a que se refiere el párrafo primero de la condición 3.2.6. podrán alcanzar el cien por cien (100%) del precio del HARDWARE objeto de entrega al CLIENTE.
3.2.7. Permanecer de alta efectiva en el SERVICIO contratado asociado al HARDWARE durante veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de la recepción de los equipos. Salvo que las características propias del determinado o concreto PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado por el CLIENTE determine una consecuencia distinta, si éste ejerciera su derecho a solicitar y obtener la baja en el SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES asociado al HARDWARE antes de que hubiera transcurrido el plazo al que se refiere el párrafo primero de esta condición 3.2.7., le será aplicada una penalización consistente en abonar a PROYECTA TIC, en un único pago, el cien por cien (100%) del importe total de las rentas pendientes de satisfacer hasta completar las 24 mensualidades a que se refiere dicho párrafo primero de esta condición más el valor residual del mismo o, en su caso, la pérdida de la suma depositada o afianzada o la ejecución del aval bancario hasta cubrir el coste del HARDWARE.
3.2.8. Devolver a PROYECTA TIC, a la finalización del contrato y en buenas condiciones de uso, el HARDWARE recibido o, en su caso, adquirirlo por el precio residual que se hubiera fijado al inicio del arriendo.
3.2.9. PROYECTA TIC se reserva el derecho de no entregar o solicitar la devolución del HADWARE al que se refiere esta condición 3.2. en caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de cualesquiera de las obligaciones por él asumidas con relación al mismo.
3.3. Otras obligaciones adicionales que incumben al CLIENTE en aquellos casos en que fuera necesaria la realización de cualquier tipo de instalación en sus dependencias por parte de personal autorizado por PROYECTA TIC.
Cuando, por las características del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE deba realizar y disponer,
en su domicilio o dependencias, cualesquier tipo de instalaciones para el adecuado o correcto funcionamiento de aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos y/o cualquier otro tipo de HARDWARE y poder recibir, a través de éstos, los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC, serán obligaciones adicionales del CLIENTE, además de cualesquiera otras que se establecen con carácter general, las que se detallan a continuación en esta condición 3.3. y/o se deduzcan de las presentes CGC y/o del ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
3.3.1. Tener preparada, con anterioridad a la firma, formalización y/o suscripción del CONTRATO con PROYECTA TIC, la infraestructura necesaria para que se pueda realizar la instalación. A los efectos de lo previsto en el primer párrafo de esta condición 3.3.1. se entiende por infraestructura necesaria el disponer de techo o suelo técnicos, de puntos de conexiones de red, de puntos de conexiones eléctricas, de armarios (rack) y demás elementos necesarios para que los aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos y/o cualquier otro HARDWARE a través de los que deben recibirse los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC puedan ser conectados, instalados y/o programados sin obras de ningún tipo en el domicilio y/o las dependencias del CLIENTE.
3.3.2. Abonar, contra la realización de aquellas conexiones, instalaciones y/o programaciones que fuera necesario realizar por personal autorizado por PROYECTA TIC, el importe de la factura correspondiente a los trabajos efectuados.
3.3.3.Permitir al personal autorizado por PROYECTA TIC la entrada y acceso al domicilio y/o las dependencias del CLIENTE donde deba realizarse la conexión, instalación y/o programación o montaje de equipos y su mantenimiento y/o sustitución, desmontaje y retirada cuando proceda.
3.4. Otras obligaciones adicionales que incumben al CLIENTE en aquellos casos en que hubiera contratado la prestación de SERVICIOS MÓVILES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS (tráfico de voz y datos) por el sistema de TARJETA PREPAGO.
Cuando el CLIENTE hubiera contratado con PROYECTA TIC la recepción de SERVICIOS MÓVILES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS (VOZ y DATOS) mediante el sistema de TARJETA PREPAGO, serán obligaciones adicionales del CLIENTE, además de cualesquiera otras que se establecen con carácter general, las que se detallan a continuación en esta condición 3.4. y/o se deduzcan de las presentes CGC, del CONTRATO y/o del ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC».
3.4.1. Consumir un mínimo de 6€ al mes (natural).
3.4.2. El último día de cada mes para todas las líneas prepago que no cumplan la condición 3.4.1. el saldo pendiente se sustraerá.
Si la línea no tuviera saldo suficiente para ello, causará baja, el cliente perderá el saldo pendiente de utilizar y su número de identificación de teléfono móvil.
3.4.3. De cara al cómputo general y activación de proceso de líneas prepago no se tienen en cuenta las líneas nuevas activadas en el mes en curso.
3.5. Otras obligaciones adicionales que incumben al CLIENTE en aquellos casos en que fuera necesaria la autorización para la preasignación.
3.5.1. En los supuestos en que por la situación tecnológica del SERVICIO a prestar al CLIENTE así proceda, la firma de este contrato supondrá, de forma automática, la concesión por el CLIENTE a PROYECTA TIC de las correspondientes autorizaciones, con las más amplias facultades, para realizar las peticiones necesarias a terceros operadores hasta la obtención de la preasignación.
3.5.2. Adicionalmente a lo previsto en la condición 3.5.1., el CLIENTE, junto con este CONTRATO, deberá firmar y entregar a PROYECTA TIC debidamente firmada la correspondiente autorización en modelo impreso estandarizado al objeto de que esta pueda acreditar, ante terceros operadores, la habilitación necesaria en orden a la obtención de la preasignación.
- DERECHOS DEL CLIENTE
4.1. Derechos genéricos del CLIENTE que suscriba con PROYECTA TIC un CONTRATO para la recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
Además de cualesquiera otros que se deduzcan del CONTRATO de prestación/recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS suscrito con PROYECTA TIC, de las presentes CGC, del Anexo «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC» y/o de las normas legales o reglamentarias vigentes aplicables en cada momento, el CLIENTE tiene los siguientes derechos:
4.1.1.A la libre elección y adquisición, en el mercado, de cualesquiera aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales y, en general, de cualquier HARDWARE electrónico y/o informático, debidamente homologados, que sean aptos para la recepción, a través de ellos, de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados,proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
4.1.2. Recibir de PROYECTA TIC la prestación efectiva de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratados en los términos, con la extensión, los niveles de calidad y los límites ofrecidos por PROYECTA TIC o, en su defecto, los más óptimos que sean posibles atendidos el estado de la tecnología actual en cada momento y/o la localización geográfica donde, efectivamente, los mismos deban ser recibidos por el CLIENTE.
4.1.3. Disponer de un «Área de Cliente» desde “www.heos.es”para que, a través del procedimiento de «registro» mediante la introducción de un nombre de usuario y contraseña de su elección, pueda acceder, en cualquier momento, a su «Área Privada» y poder consultar el nivel de consumo o gasto en tiempo real de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratados y/o puestos a su disposición, a comprobar las facturas detalladas y desglosadas giradas como consecuencia dichos SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS usados, contratados y/o puestos a su disposición, así como a cualquier otro dato de su interés al que tenga derecho conforme a la legislación vigente en cada momento.
4.1.4. Ampliar, reducir y modificar total o parcialmente, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, unilateralmente, sin necesidad de acreditar acusa que lo justifique y sin que, por este solo hecho, deba abonar penalización alguna, el contenido, alcance y/o límites de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICOS contratados con la consiguiente modificación del CONTRATO y la variación de precios que proceda de acuerdo a las TARIFAS DE PRECIOS PROYECTA TIC.
4.1.5.Resolver en cualquier momento, unilateralmente, sin necesidad de acreditar acusa que lo justifique y sin que, por este solo hecho, deba abonar penalización alguna, el CONTRATO por el que recibe los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados y/o proveídos por PROYECTA TIC.
4.1.6.Solicitar en cualquier momento, unilateralmente, sin necesidad de acreditar causa que lo justifique y sin que, por este solo hecho, deba abonar penalización alguna, el cambio o portabilidad a otra operadora (migración) para que todos o parte de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados y/o proveídos por PROYECTA TIC pasen a ser prestados por dicha nueva operadora. Cuando el ejercicio del derecho contenido en el primer párrafo de esta
condición 4.1.6. se refiera al cambio de operadora para la prestación de SERVICIOS de TRÁFICO DE VOZ, el CLIENTE tendrá derecho a mantener la misma numeración telefónica salvo que, por razones pura y estrictamente tecnológicas, dicho mantenimiento no fuera posible.
4.1.7. El ejercicio de los derechos a que se refieren las condiciones 4.1.4.,
4.1.5. y 4.1.6. deberá realizarse por medio de comunicación dirigida a PROYECTA TIC en la que se deberá dejar constancia clara, expresa y explícita de la pretensión del CLIENTE en orden a la modificación, la resolución y/o el cambio de operador.
Salvo causas de fuerza mayor o imputables al CLIENTE, la modificación o la baja efectiva en los SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES o, en su caso, el cambio de operadora serán efectuados por PROYECTA TIC dentro del plazo máximo legalmente permitido comenzado el cómputo de dicho plazo desde que el CLIENTE formalice la solicitud o, en su caso, desde que acredite documentalmente su identidad de acuerdo con lo previsto por la condición 16.
No obstante lo previsto en los primeros párrafos de las condiciones4.1.4., 4.1.5. y 4.1.6.,cuando el CONTRATO de prestación de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS que se pretenda modificar, resolver o respecto del que se pretenda el cambio de operadora fuera unido a una obligación de permanencia derivada de la entrega y/o
financiación de cualquier tipo de HARDWARE y/o de la realización de instalaciones en el domicilio o dependencias del CLIENTE, o figurara así válidamente consignado en el CONTRATO y/o en el ANEXO
«CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC», la novación o resolución unilateral del CONTRATO por parte del CLIENTE, o la solicitud de cambio de operador por parte del CLIENTE llevará aparejada la obligación de éste de abonar a PROYECTA TIC la penalización que, por dichas entregas, instalaciones o causas consignadas para cada caso concreto, estuviera previamente determinada de acuerdo a lo
previsto por la condición 3.2.7.
4.1.8. Contactar con el Servicio de Atención Telefónica al Cliente (SATC PROYECTA TIC), a través del número de teléfono al que se refiere la condición 16.1.1. para realizar cualquier consulta y/o solicitar cualquier tipo de
información relativa a los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
4.1.9.Contactar, de acuerdo con lo previsto por la condición 12.1., con el SATC PROYECTA TIC, a través del mismo número de teléfono del SATC PROYECTA TIC y en el mismo horario de atención al público, para solicitar
cualquier tipo de asistencia técnica y/o resolución de problemas relativos a los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS que tenga contratados y sean facilitados, prestados y/o proveídos por
PROYECTA TIC.
Por cada solicitud de asistencia técnica, PROYECTA TIC abrirá una incidencia a la que le será asignada un número de referencia o de identificación único que será comunicado al CLIENTE para que, a través de dicho número pueda, si a su derecho conviene, realizar un seguimiento de dicha incidencia hasta su total resolución.
Sin perjuicio del seguimiento que, de acuerdo con lo previsto en el párrafo segundo de esta condición 4.1.9, pueda hacer el CLIENTE con relación a las incidencias respecto de las que se hubiera solicitado
asistencia técnica, PROYECTA TIC le mantendrá informado puntualmente de la situación, avance en el proceso de resolución de la incidencia y resolución definitiva de misma.
4.1.10.Formular, de acuerdo con lo previsto en la condición 12.2., las reclamaciones y/o quejas que considere procedentes por cualesquiera cuestiones relativas al CONTRATO que tenga pactado con PROYECTA TIC y/o derivadas de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados ,proveídos, suministrados y/o puestos a
disposición por PROYECTA TIC.
4.1.11. Solicitar y obtener, en caso de interrupción temporal de los
SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES contratados con
PROYECTA TIC, las compensaciones y, en su caso, el resarcimiento de daños a
que se refiere la condición 12.3 o, en su defecto, la que determine la
legislación vigente en cada momento.
4.1.12. Comunicar a PROYECTA TIC su voluntad y decisión de no inclusión de sus datos en las guías que facilitan al público información sobre nombres, apellidos y números de teléfono asignados a CLIENTES de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
4.1.13. Seleccionar, de entre los que figuran en el modelo de CONTRATO DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS que ha de ser firmado de acuerdo con lo previsto por la condición 3.1.13., el modo de pago de las facturas giradas por PROYECTA TIC a que se refiere la condición 8.
4.2. Otros derechos adicionales que corresponden al CLIENTE en aquellos casos en que se le hubieran suministro aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, máquinas, terminales informáticos y/o electrónicos y, en general cualquier tipo de HARDWARE propiedad de PROYECTA TIC.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE reciba cualquier tipo de HARDWARE electrónico y/o informático asociado que sea propiedad de PROYECTA TIC de acuerdo con lo previsto en la condición 3.2., serán derechos adicionales del CLIENTE, además de cualesquiera otros que se establecen con carácter general,
los que se detallan a continuación.
4.2.1. Obtener gratuitamente copia del albarán de entrega y recepción del HARDWARE donde figurarán la clase, el número de
unidades, las marcas, los modelos, los números de serie y cualesquiera otros datos y características identificativas que permitan su
individualización entre un grupo de otros similares.
4.2.2.A que, sobre dicho HARDWARE, se realicen los mantenimientos, reparaciones y/o sustituciones que sean necesarios.
Los mantenimientos, reparaciones y sustituciones del HARDWARE serán de carácter gratuito cuando, atendidos el momento, el
origen, las circunstancias y/o la naturaleza de los hechos que los motiven aquellos mantenimientos, reparaciones y/o sustituciones se hallen cubiertos por la garantía del fabricante. En tales casos, PROYECTA TIC gestionará, en nombre del CLIENTE, las reparaciones, los mantenimientos y las sustituciones necesarias para que a través de
dicho HARDWARE el CLIENTE pueda seguir recibiendo o volver a recibir los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por
PROYECTA TIC.
No obstante lo previsto en el párrafo inmediatamente anterior de esta condición 4.2.2., el CLIENTE perderá cualquier derecho de garantía que pudiera corresponderle sobre el HARWARE cuando éste hubiera sido objeto de manipulación por cualquier persona ajena a PROYECTA TIC. En estos casos, correrán y serán de cuenta exclusiva del CLIENTE todos los gastos de reparación del HARWARE, incluidos, en su caso, los de desplazamiento del personal técnico. En estos casos, además, PROYECTA TIC podrá resolver el contrato de
arrendamiento sobre dicho HARDWARE y proceder a exigir al CLIENTE las cantidades de renta que queden por abonar hasta la
finalización natural del arriendo a que se refiere la condición 3.2. Fuera de los casos previstos en el párrafo segundo de esta condición 4.2.2., el mantenimiento, reparación y/o sustitución del HARDWARE serán de cuenta y cargo exclusivos del CLIENTE.
4.2.3.Adquirir o devolver, al finalizar el arriendo y/o en cualquier momento durante la vigencia del mismo, el HARDWARE.
En los supuestos en que el CLIENTE ejercite el derecho conferido en el párrafo primero de esta condición 4.2.3. antes de la finalización del arriendo, estará obligado a abonar a PROYECTA TIC el importe íntegro correspondiente a todas las mensualidades de renta que quedara pendientes hasta la finalización natural del mismo (24 meses desde la
entrega del HARDWARE) de acuerdo con lo previsto por la condición 3.2.7.
Cuando el CLIENTE ejercite el derecho conferido en el párrafo primero de esta condición 4.2.3.,con independencia del momento en lo haga, deberá abonar a PROYECTA TIC el importe correspondiente al valor residual
de dicho HARDWARE.
4.2.4.Solicitar y obtener, una vez transcurridos veinticuatro (24) meses desde la entrega del HARDWARE, la devolución del depósito, garantía, fianza o aval bancario constituidos en la forma prevista por el
punto 3.2.6 de estas CGC. La devolución del depósito, fianza o garantía, cuando se hubiera
prestado en dinero, se efectuará a través del mismo medio en que se hubiera constituido. En los demás casos, se efectuará mediante la devolución del aval o instrumento documental que hubiera entregado el CLIENTE.
4.3. Otros derechos adicionales que corresponden al CLIENTE en aquellos casos en que tenga contratados servicios de TELEFONÍA o TRÁFICO DE VOZ.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE reciba de PROYECTA TIC SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS consistentes en TELEFONÍA o TRÁFICO DE VOZ serán derechos del CLIENTE, además de cualesquiera otros que se establecen con carácter general, los que se detallan a continuación.
4.3.1. Solicitar y obtener de PROYECTA TIC, de forma gratuita, la conexión y/o desconexión respecto de los SERVICIOS de TARIFICACIÓN ADICIONAL Y LLAMADAS INTERNACIONALES.
4.3.2. Las comunicaciones que el CLIENTE realice para la conexión y/o desconexión de los SERVICIOS a que se refiere la condición 4.3.1. se ajustarán a lo previsto por la condición 16.
4.3.3.PROYECTA TIC dispone de un plazo máximo de diez (10) días para proceder a la conexión/desconexión interesada por el CLIENTE respecto de los SERVICIOS de TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o de LLAMADAS
INTERNACIONALES. El plazo al que se refiere el primer párrafo de esta condición 4.3.3. comenzará a contar desde que el CLIENTE formalice la solicitud de acuerdo con lo previsto por la condición 16.o, en su caso, desde que
acredite documentalmente su identidad conforme a lo previsto en la misma condición 16.
4.3.4. Serán de cuenta exclusiva del CLIENTE todos los cargos que, por el uso, consumo y/o puesta a disposición de los SERVICIOS de TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o de LLAMADAS INTERNACIONALES, se generen durante el plazo de diez (10) días a que se refiere la condición 4.3.3.
4.3.5. Transcurrido el plazo de los diez (10) días a que se refiere la condición 4.3.4. sin que PROYECTA TIC hubiera procedido a la desconexión de los SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o de LLAMADAS INTERNACIONALES, serán de cuenta de ésta los gastos que se generen por el uso, consumo y/o puesta a disposición de dichos SERVICIOS.
4.3.6. No obstante lo dispuesto la condición 4.3.6., serán de cuenta y cargo del CLIENTE los gastos por el uso, consumo y/o puesta a disposición de los mencionados SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o de LLAMADAS INTERNACIONALES si la demora en más de esos diez (10) en cumplimentar la desconexión de los mismos obedeciera a causa imputable al CLIENTE.
4.4. Otros derechos adicionales que corresponden al CLIENTE en aquellos casos en que tenga contratados SERVICIOS DE TELEFONÍA o TRÁFICO DE VOZ DESDE UNA UBICACIÓN FIJA.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE reciba de PROYECTA TIC SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS consistentes en TELEFONÍA o TRÁFICO DE VOZ a través de una UBICACIÓN o TELÉFONO FIJO serán derechos del CLIENTE, además de cualesquiera otros que se establecen con carácter general, los que se detallan a continuación en esta condición 4.4.
4.4.1. Solicitar y obtener de PROYECTA TIC, en la medida que el estado de la tecnología vigente y/o disponible en la ubicación donde se encuentre, la restricción o bloqueo de llamadas entrantes respecto de los números
telefónicos que designe.
4.4.2. Mantener y conservar, en los términos y con los límites legales, la numeración telefónica que tuvieran asignada cuando ejerza el derecho de cambio de operadora a que se refiere la condición 4.1.6.
4.5. Otros derechos adicionales que corresponden al CLIENTE en aquellos casos en que tenga contratados SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES consistentes en TRÁFICO DE VOZ y DATOS a través
de TELÉFONO MÓVIL. Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado, el CLIENTE reciba de PROYECTA TIC SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS CONSISTENTES EN TRÁFICO DE VOZ Y
DATOS a través de TELÉFONO MÓVIL, serán derechos del CLIENTE, además de cualesquiera otros que se establecen con carácter general, los que se detallan a continuación en esta condición 4.5.
4.5.1.Solicitar y obtener, con el coste fijado en los PRECIOS y TARIFAS de los PRODUCTOS Y SERVICIOS PROYECTA TIC y en el plazo de cinco (5) días hábiles desde que firme o formalice el CONTRATO para la prestación/recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS a través de TELÉFONO MÓVIL, la TARJETA SIM PROYECTA TIC a fin de poder recibir la prestación del SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS a través de un terminal de TELEFONÍA MÓVIL.
A obtener, en el mismo plazo de cinco (5) días hábiles desde que formule la solicitud en cualquiera de las formas previstas en la condición 16, al coste fijado en los PRECIOS Y TARIFAS de los PRODUCTOS Y
SERVICIOS PROYECTA TIC, una nueva TARJETA SIM PROYECTA TIC. La emisión y entrega de una TARJETA SIM PROYECTA TIC con posterioridad a la que se refiere el párrafo primero de esta condición 4.5.1. supondrá la
anulación e inhabilitación de cualquier TARJETA SIM PROYECTA TIC anterior asociada al mismo número de teléfono.
4.5.2.Solicitar y obtener, gratuitamente, el corte o suspensión temporal de la prestación de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS recibidos a través de TELÉFONO MÓVIL o, en su caso, la anulación de la TARJETA SIM PROYECTA TIC operativa cuando mediara denuncia por robo, hurto, pérdida, sustracción o uso fraudulento del terminal telefónico móvil o de la TARJETA SIM PROYECTA TIC o por clonación de ésta o, en general, por la sola voluntad del cliente.
Todas las comunicaciones realizadas por el CLIENTE con alguna de las finalidades previstas por el párrafo primero de esta condición 4.4.2. deberán ajustarse a lo previsto por la condición 16.
Serán de cuenta exclusiva del CLIENTE todos los importes correspondientes a consumos, utilización y/o puesta a disposición de los
SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS recibidos a través de TELÉFONO MÓVIL anteriores al momento de la formalización de la
solicitud de corte o suspensión de los SERVICIOS o la anulación de la TARJETA SIM PROYECTA TIC.
En los casos a que se refiere el primer párrafo de esta condición 4.4.2. el CLIENTE no tendrá derecho a ninguna reducción en el importe de la factura correspondiente que sea proporcional al tiempo que haya durado el corte o la suspensión de los SERVICIOS o hasta la reposición de la nueva TARJETA SIM PROYECTA TIC.
4.5.3.Solicitar y obtener, de forma gratuita,y en los términos previstos en la condición 4.3.,la desconexión de los SERVICIOS DE TRÁFICO DE VOZ y DATOS EN ITINERANCIA INTERNACIONAL o ROAMING.
4.5.4. Solicitar y obtener, de forma gratuita, la conexión de los SERVICIOS DE TRÁFICO DE VOZ y DATOS EN ITINERANCIA
INTERNACIONAL (ROAMING).
En los supuestos previstos por el primer párrafo de esta condición, PROYECTA TIC se reserva el derecho de solicitar y obtener cualquiera de las garantías a que se refiere la condición 6.1.6. como requisito indispensable previo a la activación de dichos SERVICIOS y/o como requisito indispensable para continuar prestando dichos SERVICIOS.
4.5.5. Derecho a recibir de PROYECTA TIC un aviso mediante el sistema Short Message Service –SMS– (mensaje de texto enviado al dispositivo de TELEFONÍA MÓVIL) cuando el consumo por uso de los SERVICIOS DE TRÁFICO DE DATOS en itinerancia alcance la cantidad de €: 50,00. (cincuenta euros), incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
4.5.6. Mantener y conservar, en los términos y con los límites legales, la numeración telefónica que tuvieran asignada cuando ejerza el derecho de cambio de operadora a que se refiere la condición 4.1.6.
- OBLIGACIONES DE PROYECTA TIC
5.1. Obligaciones genéricas
Además de las que se correspondan con los derechos propios del CLIENTE de acuerdo con lo previsto en las presentes CGC, y/o se
deduzcan del CONTRATO y/o del ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC» o se deriven de la legislación vigente, PROYECTA TIC asume las
siguientes obligaciones:
5.1.1.Prestar los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES contratados por el CLIENTE en los términos y condiciones pactados y con la extensión, los límites y los niveles de calidad ofrecidos o, en su defecto, con los más óptimos posibles atendidas las circunstancias tecnológicas existentes en el mercado y las situación geográfica donde aquellos deban facilitarse, prestarse, proveerse, suministrarse y/o ponerse a disposición dentro de los límites establecidos por la legislación vigente en cada momento.
5.1.2. Disponer de un «Servicio de Atención Telefónica al Cliente» (SATC PROYECTA TIC) debidamente especializado, en los términos fijados en la condición 12.1., para atender, efectiva y eficazmente,cualesquiera dudas, peticiones, quejas, reclamaciones y demás consultas relacionadas con el CONTRATO de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS pactado con el CLIENTE o con los propios SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos,
suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
5.1.3. Disponer de un Servicio de Asistencia Técnica (SAT PROYECTA TIC) en los términos previstos en las condiciones 12.2. y 12.3. con objeto de atender, solucionar y reparar, en el más breve plazo posible, cualquier avería, mal funcionamiento o problema que pueda denunciar el CLIENTE cuando tales circunstancias sean por causa imputable a PROYECTA TIC.
Cuando la avería o malfuncionamiento del servicio se deba a causa NO imputable a PROYECTA TIC ésta, no obstante, está obligada a gestionar y mediar, con la mayor urgencia y diligencia posibles, en la solución del
problema.
5.1.4. Facilitar al CLIENTE todo tipo de información que éste solicite con relación al CONTRATO, a las CGC aplicables, a las TARIFAS Y PRECIOS de los PRODUCTOS Y SERVICIOS PROYECTA TIC, a las facturas y cargos girados al CLIENTE, a los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por
PROYECTA TIC o a cualesquiera modificaciones que puedan interesar al CLIENTE.
5.1.5. Disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para que la prestación de los SERVICIOS por parte de PROYECTA TIC y el ejercicio de los derechos del CLIENTE pueda efectuarse en los términos establecidos en el CONTRATO, las presentes CGC o se adecúen a las disposiciones normativas vigentes en cada momento.
5.2. Otras obligaciones adicionales que incumben a PROYECTA TIC en aquellos casos casos en que hubiera procedido a entregar al CLIENTE aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales informáticos y/o electrónicos y, en general cualquier tipo de HARDWARE.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES facilitado, prestado, proveído, suministrado y/o puesto a disposición del CLIENTE, PROYECTA TIC haga entrega a éste de cualquier tipo de aparato, dispositivo, enrutador, equipo, terminal informático y/o electrónico u otro tipo de HARDWARE asociado que sea titularidad de PROYECTA TIC de acuerdo con lo previsto en la condición 3.2., serán obligaciones adicionales de PROYECTA TIC, además de cualesquiera otras que se establecen con carácter general, las que se detallan a continuación.
5.2.1. Informar al CLIENTE, antes de contratar, de los diferentes aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales y HARDWARE disponible, los precios, la duración del arriendo, la renta, la forma y períodos de pago, las condiciones para el derecho de rescate, las indemnizaciones y penalizaciones
5.2.2. En aquellos casos en que el HARDWARE a que se refiere la condición 5.2.1. debiera ser entregado con el carácter de asociado a la prestación de uno de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición del CLIENTE por PROYECTA TIC, ésta deberá informar al cliente, con la suficiente claridad:
5.2.2.A. La parte del precio correspondiente al HARDWARE y la parte del precio correspondiente a los SERVICIOS.
5.2.2.B. Si la entrega del HARDWARE lleva o no asociado un compromiso de permanencia por parte del CLIENTE y, en el primero de los casos, el tiempo de duración del compromiso de permanencia que debe cumplir el cliente que, en ningún caso, será superior a veinticuatro (24) meses.
5.2.2.C. Las consecuencias económicas que se deriven para el CLIENTE en el caso de que, antes de agotar el período de permanencia comprometido, decida ejercer el derecho de resolver el contrato para dar de baja o migrar el SERVICIO asociado al HARDWARE a otra operadora de telecomunicaciones.
5.2.2.E. Los demás extremos que, en cada caso concreto, sean necesarios para el el CLIENTE, antes de contratar, conozca todos los
derechos y obligaciones que le incumben con relación a la recepción de aparatos, dispositivos, equipos, enrutadores, terminales y, en general, cualquier otro HARDWARE titularidad de PROYECTA TIC.
5.2.3. Hacer reflejar en el CONTRATO, con la necesaria claridad, todos los extremos a que se refieren las condiciones 5.2.1. y 5.2.2.
5.2.4. Cumplir, durante todo el tiempo de vigencia del arriendo del HARDWARE, con las obligaciones derivadas de la garantía para el buen funcionamiento del HARDWARE.
5.3. Otras obligaciones adicionales que incumben a PROYECTA TIC en aquellos casos en que preste SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES a través de TELÉFONO MÓVIL.
Cuando, con independencia del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES facilitado, prestado, proveído, suministrado y/o puesto a disposición del CLIENTE, PROYECTA TIC el CLIENTE reciba SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS a través de TELÉFONO MÓVIL, serán obligaciones adicionales de PROYECTA TIC, además de cualesquiera otras que se establecen con carácter general, las que se detallan a continuación.
5.3.1. Hacer llegar al CLIENTE, por el coste que figure en los PRECIOS Y TARIFAS PROYECTA TIC, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde que se solicite, la TARJETA SIM para que aquel pueda obtener la prestación del SERVICIO contratado.
5.3.2. Hacer llegar al CLIENTE, por el coste que figure en los PRECIOS Y TARIFAS PROYECTA TIC, en el mismo plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde que se solicite, un duplicado de la TARJETA SIM.
En los casos de solicitud del duplicado de la TARJETA SIM de acuerdo a lo previsto por el primer párrafo de esta condición 5.3.2., PROYECTA TIC se reserva el derecho de requerir cuantos documentos acrediten y justifiquen la identidad del CLIENTE como solicitante y la legitimidad de la solicitud formulada.
La activación de un duplicado de la TARJETA SIM del CLIENTE supondrá, automáticamente y al mismo tiempo, la anulación y total invalidación de la TARJETA SIM anterior.
5.3.3. Proceder a la inmediata suspensión de la operatividad de la TARJETA SIM y/o de un número de teléfono asociado cuando medie notificación de denuncia, debidamente acreditada,por parte del CLIENTE o de las autoridades policiales o judiciales, de hurto, pérdida o robo del terminal telefónico, clonación de la tarjeta o cualquier otra causa o circunstancia que justifique la necesidad de tal medida.
A los efectos de lo previsto por el primer párrafo de esta condición 5.3.3., PROYECTA TIC podrá exigir cuantos documentos y justificantes crea necesarios en orden a asegurar y garantizar la identidad del CLIENTE y la legitimidad de la petición.
El CLIENTE no se liberará de la obligación de pago de las cantidades que correspondan por el uso realizado de los SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL hasta el momento de comunicar a PROYECTA TIC la solicitud de suspensión de la operatividad de la TARJETA SIM por cualquiera de las causas previstas en el párrafo primero de esta condición 5.3.3. o, en su caso, hasta el momento de presentar las acreditaciones a que se refiere el párrafo segundo de esta misma condición.
Cuando, en los supuestos previstos en esta condición, el CLIENTE vuelva a solicitar una una TARJETA SIM y/o la reactivación del SERVICIO, se procederá en la forma prevista en las condiciones 5.3.1. y 5.3.2.
5.4. Otras obligaciones adicionales que incumben a PROYECTA TIC en aquellos casos en que el CLIENTE tenga activada la facultad de conectarse a SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o de realizar llamadas INTERNACIONALES.
5.4.1. En aquellos casos en que el CLIENTE, de acuerdo con lo previsto por la condición 4.3., hubiera solicitado a PROYECTA TIC y obtenido la facultad de conectarse a SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL y/o para la realización de llamadas internacionales, ésta deberá comunicar a aquel, el derecho a solicitar, gratuitamente, la desconexión de dichos SERVICIOS.
5.4.2. La comunicación a que se refiere la condición 5.4.1. deberá realizarse con una periodicidad, al menos, semestral mediante la inclusión de dicho derecho en la factura o documento de cargo emitido por PROYECTA TIC contra el CLIENTE.
- DERECHOS DE PROYECTA TIC
6.1. Derechos genéricos
Además de todos los que naturalmente se puedan considerar correlativos de las obligaciones del CLIENTE de acuerdo con lo previsto en las presentes CGC, en el CONTRATO, en el ANEXO»CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR PROYECTA TIC» y/o de los que deriven de la legislación vigente, PROYECTA TIC
tendrá los siguientes derechos:
6.1.1. Cobrar puntualmente el importe de las facturas emitidas por los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición del CLIENTE.
6.1.2. Comunicar a los archivos y registros de morosos los datos del CLIENTE que incumpla las obligaciones económicas derivadas del CONTRATO.
6.1.3. Suspender,total o parcialmente,temporal o definitivamente, la prestación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES en los términos previstos por la condición 11 si el CLIENTE no abona puntualmente el total importe de la factura oportunamente emitida por PROYECTA TIC.6.1.4. Suspender,temporal o definitivamente, la prestación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES si el CLIENTE no cumple la
obligación de remisión de la documentación original a que se refiere la condición 3.1.13.
6.1.5. Solicitar y obtener del CLIENTE, en el plazo, por la cuantía y en la
forma en que estime más conveniente (tarjeta de crédito, fianza o
depósito en metálico, pignoración de bienes, aval bancario…, que, en ningún caso serán remunerados) una garantía o caución suficiente en orden a satisfacer el pago de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES a prestar.
Cuando PROYECTA TIC solicite dichas garantías a que se refiere el primer párrafo de esta condición 6.1.5., el alta o la continuación en la prestación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES para los que las mismas se hubieran requerido quedarán condicionados a que, efectivamente, sean presentadas. Cuando el CLIENTE no prestara a favor de PROYECTA TIC la garantía o caución en la forma y en el plazo que al objeto le fueran indicados, podrá ésta no dar inicio y/o suspender la prestación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES hasta que la garantía o caución solicitadas fueran efectivamente prestadas.
Si llegado que sea el momento del abono de la factura correspondiente, el CLIENTE no hiciera puntualmente efectivo su abono, PROYECTA TIC podrá aplicar de inmediato, y sin necesidad de previo requerimiento de pago, la garantía o caución prestada para el pago de cuanto aquel adeude sin perjuicio, además, del derecho de PROYECTA TIC de exigir la prestación de nueva garantía o caución como condición imprescindible para continuar prestando los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
6.1.6. No obstante lo previsto en la condición 6.1.5., cuando el SERVICIO respecto del que se pretenda la obtención de la garantía o caución a que se refiere dicha condición sea el de TRÁFICO DE VOZ O TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA, PROYECTA TIC solo podrá exigir dicha caución, en el momento de contratar o en cualquier momento del contrato, cuando concurra una de las siguientes circunstancias:
6.1.6.a. Cuando el CLIENTE respecto del que se solicita sea o haya sido anteriormente CLIENTE del mismo SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ DESDE UNA UBICACIÓN FIJA y hubiera dejado impagado uno o varios recibos, y solo en tanto subsista la situación de morosidad.
6.1.6.b. Cuando el CLIENTE tenga contraídas deudas por otro u otros contratos, vigentes o no en ese momento y/o, de modo reiterado, se retrasen en el pago de los recibos y/o facturas correspondientes a los mismos.
6.1.6.c. En aquellos otros casos en que PROYECTA TIC esté facultada a exigir las garantías de que se trata, previa autorización de la autoridad administrativa competente.
6.1.7. Grabar las llamadas telefónicas que los CLIENTES realicen al SATC PROYECTA TIC cuando las mismas tengan por algunas de las finalidades previstas por las condiciones 4.1.4., 4.1.5., 4.1.6., 4.1.7., 4.1.8., 4.1.9., 4.1.10., 4.1.11. y 4.1.12.
6.3. Otros derechos adicionales que corresponden a PROYECTA TIC en aquellos casos en que hubiera entregado al CLIENTE aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales electrónicos y/o informáticos y, en general cualquier tipo de HARDWARE titularidad de PROYECTA TIC.
6.3.1. A que el CLIENTE firme el albarán de entrega de los mencionados equipos donde figurarán la clase, el número de unidades, marcas, modelos, números de serie y cualesquiera otros datos y características que permitan identificarlos de entre otros similares.
6.3.2. A cobrar puntualmente el canon arrendaticio o renta por el alquiler de los mencionados equipos.
6.3.3. A que el cliente le resarza de los daños y perjuicios que puedan sufrir los mencionados equipos.
6.3.4. A exigir y obtener del CLIENTE, en la cuantía y forma que estime conveniente (tarjeta de crédito, fianza en metálico, pignoración de bienes, aval bancario… que, en ningún caso, serán remunerados) una garantía suficiente en orden a satisfacer el cobro y percepción de las rentas y/o el valor residual del HARDWARE arrendado.
6.3.5. A recuperar el HARDWARE en los casos en que así deba proceder por incumplimiento o extinción de la relación contractual.
- REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
EN ITINERANCIA (ROAMING) EN LA UNIÓN EUROPEA A
PARTIR DEL 15 DE JUNIO DE 2017
Se establece la eliminación de los sobrecargos por roaming a partir del 15 de junio de 2017,regulación aplicable únicamente en los 28 países pertenecientes a la Unión Europea. Los usuarios de servicios de telefonía e internet en el móvil, a partir de dicha fecha, podrán viajar dentro de la UE utilizando la misma tarifa que tengan contratada con PROYECTA TIC en su país de origen para estos servicios (tarifa doméstica). Existen limitaciones para garantizar un uso razonable del servicio de itinerancia por parte de los usuarios, con el fin de evitar ciertos abusos como Esta garantía de uso razonable se basa en un límite de uso de los servicios en itinerancia, una vez alcanzando el cual los operadores podrán cobrar un sobrecargo adicional.
8.PRECIOS Y TARIFAS PROYECTA TIC POR LA FACILITACIÓN,
PRESTACIÓN Y/O PROVISIÓN DE SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
8.1. PROYECTA TIC tiene a disposición del CLIENTE, accesible a través de la página web www.proyectatic.com y/o mediante correo electrónico o telefono, una detallada información de las TARIFAS, con los precios, las cuotas y los bonos y/o consumos mínimos, aplicables a cada uno de los SERVICIOS y PAQUETES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES que presta.
PROYECTA TIC también tiene a disposición del CLIENTE, accesible a través de la misma página web www.proyectatic.com y/o mediante correo electrónico o telefono, una detallada información de las TARIFAS con los precios para TRÁFICO DE VOZ y/o DATOS en «itinerancia» o «roaming» cuando el CLIENTE realice o reciba llamadas o envíe o reciba SMS o haga uso del TRÁFICO DE DATOS desde fuera del territorio español utilizando, en todos los casos, los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES de PROYECTA TIC.
8.2. Los precios, las cuotas, los bonos y, en su caso, los consumos mínimos de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES facilitados,
prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC al CLIENTE será el que, en cada caso, figure en las TARIFAS publicadas en la página web, correo electrónico o telefono a que se refiere el punto 7.1. de estas CGC, con las características y las particularidades que, en su caso, figuren en el CONTRATO, para el concreto SERVICIO o PAQUETE DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES suscrito, vigentes al momento de realizar la contratación.
8.3. Salvo disposición expresa en contra contenida en las TARIFAS publicadas en la web «www.proyectatic.com», el precio, las cuotas, los bonos y/o los consumos mínimos de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES se consideran de devengo y abono mensual, por meses naturales, prorrateándose por días los períodos inferiores al mes completo y considerándose como completo el día en que se suscriba el CONTRATO.
8.4. Los precios, las cuotas, los bonos y/o los consumos mínimos de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC al CLIENTE serán incrementados con los impuestos, tasas, tributos y demás cargos que sean aplicables de acuerdo a la legislación vigente en cada
momento.
En todo caso, será de cuenta exclusiva y cargo del CLIENTE el pago de cuantos impuestos, tasas tributos y demás recargos que deban recaer sobre el precio por la prestación, la provisión, el suministro y/o la puesta a disposición de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
8.5. Los precios, las cuotas, los bonos y/o los consumos mínimos podrán ser modificados por PROYECTA TIC en cualquier momento.
Cuando la modificación de los precios, las cuotas, los bonos y/ los consumos mínimos consistan en un incremento de los mismos, PROYECTA TIC deberá notificar al CLIENTE su decisión de modificar al alza los precios, debiendo mediar un plazo mínimo de treinta (30) días naturales entre dicha notificación y la fecha efectiva del incremento.
En estos mismos casos, el CLIENTE, dentro del plazo a que se refiere el párrafo inmediatamente anterior, podrá resolver el CONTRATO sin más obligación que comunicarlo así a PROYECTA TIC mediante cualquier medio que permita dejar constancia por cualquier medio admitido en Derecho.
- FACTURACIÓN DE LOS SERVICIOS
9.1. PROYECTA TIC facturará al CLIENTE, mensualmente, las cantidades que éste debe abonar por el consumo, la utilización o puesta a su disposición de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados y/o proveídos por aquella.
9.2. La facturación a que se refiere la condición 9.1. tendrá una periodicidad mensual, y se referirá a los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS efectivamente consumidos, usados, utilizados y/o puestos a disposición del CLIENTE durante el mes natural.
No obstante lo previsto en el primer párrafo de esta condición 9.2., PROYECTA TIC dispondrá de un plazo mínimo de tres (3) meses, contados desde la fecha en que se haya producido el consumo, la utilización, el uso y/o la puesta a disposición del SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES, para la emisión de la factura correspondiente a los mismos.
9.3. Las facturas a que se refieren las condiciones 9.1. y 9.2. se emitirán en soporte electrónico y formato Perfect Document Formato (PDF) y, o bien se enviarán al CLIENTE por correo electrónico a la dirección que, de acuerdo con lo previsto en las condiciones 3.1.1. y 3.1.2., le conste a PROYECTA TIC, o bien estarán a disposición de aquel en el «Área del Cliente»
de la página web «www.heos.es” a fin de que puedan ser impresas o descargadas a un ordenador personal, tableta digital o
teléfono inteligente.
Al objeto de salvaguardar sus derechos, el CLIENTE solo podrá acceder a la factura puesta a su disposición en el «Área del Cliente» de la página web a que se refiere el primer párrafo de esta condición 8.3., accediendo a su área privada por el sistema de registro cumplimentando los campos correspondientes a su nombre de usuario y contraseña de su
elección.
9.4 PROYECTA TIC remitirá la facturas correspondientes al cliente, en formato electrónico siempre que haya prestado su consentimiento expreso. El cliente podrá revocar su consentimiento a través del siguiente enlace aqui remitiendo correo electrónico a administracion@proyectatic.com indicando en asunto «NO CONSENTIMIENTO» e indicando en el contenido del correo aquellos datos que permitan identificarle, al menos, nombre completo y DNI.
Las Facturas Electrónicas emitidas por PROYECTA TIC cuentan con los requisitos de legibilidad, autenticidad del origen de la factura e integridad del contenido de la factura. Se conservan copias de las mismas durante el plazo previsto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
PROYECTA TIC facilita el acceso a los programas necesarios para que los clientes puedan leer, copiar, descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita. El cliente podrá consultar sus facturas por medios electrónicos durante un período de 3 años.
9.5.Las facturas serán elaboradas por PROYECTA TIC de forma que las mismas contengan y cumplan todos los requisitos legales y en ellas aparecerá el importe que el CLIENTE debe abonar a PROYECTA TIC que, en todo caso, será
en euros.
El importe a que se refiere el primer párrafo de esta condición 9.4. deberá ser detallado y desglosado en los siguientes conceptos:
9.5.1.Los cargos derivados de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición del CLIENTE por PROYECTA TIC y los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS efectivamente consumidos, usados y/o utilizados a favor del CLIENTE debidamente detallados y desglosados, cuando éstos sean varios e individualizables.
9.5.2. Los descuentos y promociones aplicables.
9.5.3. En su caso, y cuando proceda, las compensaciones e indemnizaciones que pudieran corresponder al CLIENTE de acuerdo a lo
previsto en la condición 13.3.
8.5.4. Los impuestos aplicables.
9.5.5. Cualquiera otros datos, detalles y/o informaciones que resultarán
de interés para el CLIENTE o que vengan impuestos con carácter
necesario por las disposiciones normativas vigentes en cada momento.
9.6. Cuando, de acuerdo a lo previsto en la condición 4.1.13., el CLIENTE
hubiera optado por el método de domiciliación bancaria para el pago de
las facturas, PROYECTA TIC girará de forma inmediata el correspondiente
recibo contra la cuenta bancaria designada por aquel.
9.7. Cuando, de acuerdo a lo previsto en la condición 4.1.13., el CLIENTE
hubiera optado por el método de ingreso en cuenta titularidad de
PROYECTA TIC para el pago de las facturas, aquel estará obligado a abonar su
importe antes del día 10 (diez) del mismo mes en que recibida cada
factura, ingresando su importe en la cuenta bancaria con el identificador
IBAN que, para cada caso, figure en el CONTRATO.
En los casos previstos en el primer párrafo de esta condición 9.6. el
CLIENTE estará obligado a conservar el resguardo o justificante de abono
de la correspondiente factura, así como a facilitar a PROYECTA TIC copia del
mismo a PROYECTA TIC si fuera requerido para ello cuando existiera
discrepancia con respecto al abono realizado o que debería haber
realizado aquel.
9.8. El impago de las facturas por parte del CLIENTE, cualquiera que sea
la forma en que este se produzca, (falta de fondos o devolución del
recibo girado contra la cuenta de domiciliación, falta de ingreso en la
cuenta titularidad de PROYECTA TIC…) producirá, para el CLIENTE, la
consecuencia a que se refiere la condición 11.
- NO UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
10.1. Cuando los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
fueran facilitados o prestados mediante el sistema de puesta a
disposición del CLIENTE, periódicamente, de un determinado número de
minutos, Megabytes y/o cualquier otra unidad de medida, para que
puedan ser consumidos en un determinado período de tiempo, será
potestad exclusiva del CLIENTE hacer, o no, un uso total de dichos
SERVICIOS puestos a su disposición durante el período que se trate.
10.2. No obstante lo previsto en la condición 10.1. el CLIENTE no
acumulará, para el o los períodos de tiempo posteriores o sucesivos, los
SERVICIOS puestos a su disposición y no consumidos en cada período de
tiempo en que fueron puestos a su disposición.
- NIVELES MÍNIMOS DE CALIDAD Y TIEMPOS DE
DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
11.1. PROYECTA TIC garantiza que los SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o
puestos a disposición del CLIENTE sean recibidos por éste con la calidad, en las condiciones, el alcance y los límites que figuren en las ofertas
comerciales que motivaron su contratación, los que figuren en las
vigentes disposiciones legales o, en su defecto, los más óptimos posibles
conforme a lo que resulte materialmente posible habida cuenta el lugar
geográfico donde deban ser recibidos y atendido el estado de la
tecnología.
11.2. PROYECTA TIC garantiza, igualmente, un TIEMPO MÍNIMO DE
DISPONIBILIDAD de los SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a
disposición del CLIENTE
A todos los efectos, se entiende por TIEMPO DE DISPONIBILIDAD DEL
SERVICIO, la exacta cantidad de tiempo que, en un período de medición
determinado, cada concreto SERVICIO DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS ha estado, real y efectivamente, a disposición del
CLIENTE.
Sin perjuicio de los derechos compensatorios que corresponden al
CLIENTE de acuerdo con lo previsto en la condición 13.3., los tiempos
mínimos de disponibilidad de cada uno de los SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos,
suministrados y/o puestos a disposición del CLIENTE por parte de
PROYECTA TIC será el siguiente:
11.2.1. SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA: 99,90% (noventa y nueve coma
noventa por ciento)
11.2.2. SERVICIO DE ACCESO A INTERNET: 99,80% (noventa y nueve
coma ochenta por ciento)
11.2.3. SERVICIO DE TELEFONÍA Y TRÁFICO DE DATOS MÓVIL:
99,60%(noventa y nueve coma sesenta por ciento).
Todos los tiempos mínimos de disponibilidad de los SERVICIOS se
calculan con respecto a períodos de medición de una anualidad
completa, que comenzará a computarse desde el momento mismo en
que PROYECTA TIC inicie la prestación de cada SERVICIO objeto de medición.
Para el cálculo del tiempo en que el CLIENTE ha estado sin SERVICIO no
se computarán los tiempos de demora por causas de fuerza mayor, por
causas imputables al propio CLIENTE (falta de localización, imposibilidad
de acceso a su domicilio o dependencias cuando fuera necesario para el
restablecimiento del SERVICIO…) o causas imputables a terceros (
11.3. Las garantías a que se refiere esta condición 11. no se aplicarán
cuando el CLIENTE, para recibir los SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o
puestos a disposición por PROYECTA TIC, utilice aparatos, dispositivos,
enrutadores, equipos, terminales y, en general, cualquier otro tipo
HARDWARE que no se halle debidamente homologado y/o no resulte
apto para ello.
- SUSPENSIÓN PROVISIONAL Y SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE
LOS SERVICIOS
12.1. Si el CLIENTE dejara de abonar puntualmente el importe, total o
parcial, de cualquiera de los cargos bancarios o de las facturas que le
girara o remitiera PROYECTA TIC por los SERVICIOS facilitados, prestados,
proveídos, suministrados y/o puestos a disposición y/o por el
arrendamiento del HARDWARE, PROYECTA TIC podrá proceder a
restringir y/o suspender provisional, temporal o definitivamente la
prestación de los SERVICIOS afectados por el impago correspondientes al
contrato suscrito con el CLIENTE de acuerdo con lo previsto en esta
condición.
A esto mismo podrá haber lugar cuando el CLIENTE proceda a devolver
cualquier recibo que le hubiera sido girado por PROYECTA TIC por los mismos
conceptos expresados en el párrafo inmediatamente anterior.
Cuando el impago afecte a HARDWARE, PROYECTA TIC podrá,
además, dar por resuelto el contrato de arrendamiento de los mismos y
girar contra el CLIENTE una factura comprensiva del importe equivalente
a la suma de las rentas que resten por abonar hasta que transcurra el
plazo de veinticuatro (24) meses desde que fueron entregados y, en su
caso, el valor residual de los mismos.
12.2. PROYECTA TIC procederá a la suspensión temporal o provisional del
SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ o TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA
de acuerdo a las siguientes reglas:
12.2.1. PROYECTA TIC no podrá proceder a la suspensión provisional del
SERVICIO DE TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA hasta que no
hubiera transcurrido, al menos, un (1) mes desde el momento en que le
fue presentado al CLIENTE el documento de cargo correspondiente sin
que el mismo esté, total o parcialmente, impagado.
12.2.2. Antes de proceder a la suspensión provisional del SERVICIO DE
TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA, PROYECTA TIC avisará al CLIENTE, por
cualquiera de los medios previstos en la condición 17., de la medida de
suspensión y de la fecha en que la misma va a ser hecha efectiva.
12.2.3. Cuando el impago de la factura se refiera, única y
exclusivamente, al impago de SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL,
otros de tarificación superior y/o de ACCESO A INTERNET, y así haya sido
explícita y expresamente comunicado por el CLIENTE, PROYECTA TIC solo
podrá proceder a la suspensión, provisional o definitiva, de los
SERVICIOS afectados por el impago.
12.2.4. Desde el momento en que PROYECTA TIC proceda a la suspensión
provisional del SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ o TELEFONÍA DESDE UNA
UBICACIÓN FIJA, el CLIENTE tan solo podrá efectuar llamadas de
emergencia y recibir llamadas, excepto las de cobro revertido.
12.2.5. La suspensión provisional del SERVICIO TELEFÓNICO DESDE UNA
UBICACIÓN FIJA concluirá bien por pago, por parte del CLIENTE, de todas
las cantidades debidas hasta la fecha, o bien por suspensión definitiva
del SERVICIO cuando el CLIENTE hubiera dejado transcurrir un plazo de
tres (3) meses desde la fecha de suspensión provisional sin haber
liquidado la deuda contraída con PROYECTA TIC.
12.2.6. PROYECTA TIC reactivará el SERVICIO en un plazo de 48(cuarenta y
ocho horas) hábiles contados desde aquel en que le conste la liquidación
total y completa de la deuda que generó la suspensión.
12.3. PROYECTA TIC procederá a la suspensión provisional o temporal de los
demás SERVICIOS siguiendo las reglas previstas en la condición 12.2. con
la salvedad de que el plazo de un (1) meses a que se refiere la condición
12.2.1. será, para el caso de los demás SERVICIOS, de cinco (5) días
naturales. Este plazo se reducirá a 2 (dos días) naturales si PROYECTA TIC no
consiguiera contactar telefónicamente el el CLIENTE a efectos de
advertirle de la situación de impago.
Cuando la medida de suspensión temporal por impago afecte al
SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ DESDE TELÉFONO MÓVIL, el CLIENTE
conservará la facultad de recibir llamadas, salvo a cobro revertido, y de
efectuar llamadas de emergencia.
12.4. PROYECTA TIC procederá a la suspensión definitiva del SERVICIO DE
TRÁFICO DE VOZ o TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA con sujeción
a las siguientes reglas:
12.4.1. PROYECTA TIC solo podrá suspender definitivamente el SERVICIO DE
TRÁFICO DE VOZ o TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA una vez que
hayan transcurrido, al menos, tres (3) meses contados desde la fecha en
que produjo la suspensión provisional o temporal del SERVICIO sin que el CLIENTE hubiera hecho frente al pago de la totalidad de la deuda
contraída con PROYECTA TIC.
12.4.2. PROYECTA TIC podrá suspender definitivamente el SERVICIO DE
TRÁFICO DE VOZ o TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA aunque no
hubiera transcurrido el plazo de tres (3) meses a que se refiere la
condición 12.4.1., si el CLIENTE, con anterioridad, hubiera tenido
suspendido el mismo SERVICIO por el mismo motivo de morosidad o
impago.
12.4.3. Antes de proceder a la suspensión definitiva del SERVICIO DE
TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA, PROYECTA TIC avisará al CLIENTE, por
cualquiera de los medios previstos en la condición 17., de la medida de
suspensión y de la fecha en que la misma va a ser hecha efectiva.
12.5. PROYECTA TIC procederá a la suspensión definitiva de los demás
SERVICIOS siguiendo las reglas previstas en la condición 12.4. con la
salvedad de que el plazo de tres (3) meses a que se refiere la condición
13.4.1. será, para el caso de los demás SERVICIOS, de un (1) mes.
12.6.Sin perjuicio de lo previsto por esta condición 12, PROYECTA TIC podrá
también suspender la prestación de los SERVICIOS si el CLIENTE no
verificara con la obligación de cumplimentar y enviar debidamente
firmado el documento original conteniendo el MANDATO SEPA en
aquellos casos en que haya optado por el pago de los recibos mediante
el sistema de domiciliación bancaria de los mismos.
La suspensión por este motivo podrá prolongarse hasta que el CLIENTE
verifique la obligación de remitir a PROYECTA TIC, debidamente
cumplimentado y firmado, el documento conteniendo el MANDATO
SEPA.
12.7. El CLIENTE podrá solicitar y obtener gratuitamente de PROYECTA TIC,
por un período que no podrá ser inferior a un (1) mes ni superior a tres
(3) meses, la suspensión del SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ O TELEFONÍA
DESDE UNA UBICACIÓN FIJA.
El período de suspensión voluntaria no podrá exceder, en ningún caso,
de noventa (90) días por año natural.
Durante el período de suspensión, PROYECTA TIC deducirá un cincuenta por
ciento (50%) el importe de las cuotas que pudieran corresponder por el
SERVICIO DE TRÁFICO DE VOZ O TELEFONÍA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA.
- ASISTENCIA TÉCNICA. QUEJAS Y RECLAMACIONES.
COMPENSACIONES POR INTERRUPCIÓN TEMPORAL DE
LOS SERVICIOS
Asistencia Técnica.
13.1. De acuerdo con lo previsto por la condición 4.1.9., el CLIENTE
podrá contactar telefónicamente con el SATC PROYECTA TIC para solicitar
cualquier tipo de ayuda, asistencia técnica y/o resolución de problemas
relativos al funcionamiento anómalo, defectuoso y/o incorrecto de los
SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, a deficiencias en sus
niveles de calidad y/o cantidad, a cortes en el suministro y/o a cualquier
otra cuestión de la naturaleza similar.
Cuando el CLIENTE contacte con el SATC PROYECTA TIC con objeto de solicita
asistencia o resolución técnica de problemas relativos al funcionamiento
anómalo, defectuoso y/o incorrecto de los SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, a deficiencias en su niveles de
calidad y/o cantidad, a cortes en el suministro y/o a cualquier otra
cuestión de la naturaleza similar, PROYECTA TIC procederá en alguna de las
siguientes formas para su resolución:
13.1.1.En los casos en que, por la naturaleza de la ayuda, asistencia o
resolución técnicas de problemas y/o incidencias(configuración de
equipos, verificaciones «por sistema remoto»…), fuera posible su
resolución en la misma comunicación efectuada por el CLIENTE, el SATC
PROYECTA TIC deberá proceder a solucionar la incidencia de que se trate,
hasta la total satisfacción de aquel.
En los supuestos previstos en el primer párrafo de esta condición
13.1.1., el SATC PROYECTA TIC anotará, registrará, incluso grabará y archivará
convenientemente todas las incidencias formuladas por el CLIENTE,
dejando constancia de los datos identificativos de los mismos, el
SERVICIO afectado, la fecha y hora de la llamada, el contenido de la
incidencia y la forma en que se ha producido su resolución.
13.1.2.En los casos en que, por la naturaleza de la ayuda, asistencia o
resolución técnica de problemas o incidencias (problemas con las
conexiones, con las interconexiones con operadores terceros, la
necesidad de verificación «in situ» o con terceros proveedores, la
necesidad de sustitución de aparatos, dispositivos, equipos, terminales,
piezas, conexiones…) no fuera posible su resolución en la misma
comunicación, PROYECTA TIC abrirá, por cada solicitud de ayuda, asistencia o
resolución técnica de problemas que reciba, una incidencia a la que le
asignará un número único de referencia o de identificación que será
comunicado al CLIENTE para que, a través de dicho número pueda, si a
su derecho conviene, realizar un seguimiento de dicha incidencia hasta
su total resolución.
Sin perjuicio del seguimiento que, de acuerdo con lo previsto en el
párrafo primero de esta condición 13.1.2, pueda hacer el CLIENTE con
relación a las incidencias respecto de las que se hubiera solicitado
asistencia técnica, PROYECTA TIC le mantendrá informado puntualmente de la
situación, avance y/o progresos en el proceso de resolución de la
incidencia y resolución definitiva de misma.
13.1.3.Cuando para la resolución de las incidencias o problemas fuera
precisa la asistencia técnica en el domicilio y/o dependencias donde se
hallen los equipos o instalaciones que motivan la incidencia o el
problema, PROYECTA TIC desplazará, hasta dicho lugar, un técnico con
conocimientos especializados para la resolución «in situ» de la incidencia
o el problema.
En los casos previstos en el párrafo primero de esta condición 13.1.3., el
CLIENTE no deberá permitir el acceso a su domicilio y/o a sus
dependencias a ninguna persona que no esté debidamente acreditada
como técnico de o por cuenta de PROYECTA TIC.
En los supuestos previstos en el primer párrafo de esta condición
13.1.3., PROYECTA TIC resolverá las incidencias o los problemas técnicos en un
plazo máximo de cinco (cinco) días hábiles contados desde el momento
en que le hubiera sido comunicada la incidencia o el problema técnico.
El plazo al que se refiere el párrafo inmediatamente anterior de esta
condición quedará interrumpido por causas de fuerza mayor y/o
motivos imputables al CLIENTE (falta de localización, obstaculización del
acceso a su domicilio o dependencias…) o a un tercero (cuando hubiera
de accederse a través de la propiedad de éste…) y volverá a computarse
cuando desaparezca el motivo que hubiera provocado la interrupción.
13.1.4. Cuando para la resolución de las incidencias o problemas no
fuera precisa la asistencia técnica en el domicilio y/o dependencias del
CLIENTE, PROYECTA TIC resolverá las incidencias o los problemas técnicos en
un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde el momento en
que le hubiera sido comunicada la incidencia o el problema técnico.
13.1.5. Fuera de los supuestos previstos por los dos primeros párrafos de
la condición 4.2.2., PROYECTA TIC no se hará cargo, en ningún caso y bajo
ninguna circunstancia, de la solución de incidencias y problemas que
exijan o consistan en necesidades de reparaciones y/o sustituciones de
aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales y cualquier otro
HARDWARE usado por el CLIENTE o de alguna/s de su/s pieza/s.
Fuera de los supuestos previstos por los dos primeros párrafos de la
condición 4.2.2., los tiempos y plazos de que dispone PROYECTA TIC para la
resolución de incidencias y problemas técnicos conforme a lo previsto en
estas CGC, no se aplicarán cuando dichos problemas y/o incidencias se produzcan por causas imputables a los aparatos, dispositivos,
enrutadores, equipos, terminales y, en general a cualquier HARDWARE
usado por el CLIENTE y/o a hechos y/o actos imputables al mismo
13.1.4. Cuando para la resolución de las incidencias o problemas fuera
precisa la colaboración y/o concurso de terceros operadores, PROYECTA TIC,
actuando en su propio nombre y derecho y como mandatario del
CLIENTE, realizará todas aquellas actuaciones que fueran necesarias
hasta la resolución definitiva de la incidencia o el problema.
13.1.5. PROYECTA TIC no será responsable de los retrasos en la resolución de
incidencias y problemas técnicos cuando los mismos vengan provocados
por terceros operadores y/opor actos y/o decisiones de las
administraciones públicas o de órganos judiciales.
Quejas y Reclamaciones. Procedimiento para la resolución de
controversias.
13.2. De acuerdo con lo previsto por la condición 4.1.10., el CLIENTE
podrá formular contra PROYECTA TIC cualquier tipo de queja y/o reclamación
que considere conveniente,ya se refiera al CONTRATO que tenga
pactado con ésta,al precio, a la facturación, a estas CGC,a las
características particulares de los SERVICIOS, a su eventualmente
defectuosa recepción, a la falta o deficiencia en su calidad, a los cortes,
interrupciones y cualesquiera otras incidencias o cuestiones relativas a
ellos.
13.2.1. A los efectos del ejercicio del derecho a que se refiere esta
condición 13.2.1. en relación con la condición 4.1.10. el CLIENTE podrá
formular la queja o reclamación por cualquiera de los medios a que se
refiere la condición 16.
13.2.2. PROYECTA TIC podrá no dar curso a aquellas quejas o reclamaciones
que, por no ir acompañadas de la correspondiente documentación que
acredite que el reclamante coincide con el CLIENTE, o por no estar
documentalmente acreditado que el reclamante es una persona
debidamente autorizada por el CLIENTE, puedan suponer una violación
de lo previsto por la vigente legislación en materia de protección de
datos de carácter personal.
13.2.3. PROYECTA TIC no dará curso a ninguna reclamación o queja que se
presente una vez transcurrido más de un (1) mes desde que se
produjeron los hechos que la motiven o, en su caso, desde que fueron
conocidos por el CLIENTE. En este último caso, tampoco dará PROYECTA TIC
curso a ninguna reclamación o queja si han transcurrido más de dos (2)
meses desde que ocurrió el hecho que las motive.
13.2.5. PROYECTA TIC asignará a cada queja o reclamación un número de
referencia o identificación único que será comunicado al CLIENTE para
que, si a su derecho conviene, pueda hacer un seguimiento de su
tramitación hasta su completa resolución.
13.2.6. En el plazo de un (1) mes contado desde la fecha en que se
formuló la queja o la reclamación, PROYECTA TIC dará debida respuesta, por
escrito, al CLIENTE, contestando a todas y cada una de las cuestiones y
puntos que hayan sido objeto de aquella.
PROYECTA TIC utilizará, para comunicar al CLIENTE la respuesta adoptada con
respecto de la queja o reclamación, el mismo procedimiento y/o medio
que hubiera empleado éste para formularla.
13.2.7.En aquellos supuestos en que PROYECTA TIC no adopte, en el plazo a
que se refiere la condición 12.5., ninguna decisión respecto a la queja o
reclamación formuladas, el CLIENTE podrá interponer reclamación en vía
administrativa en los términos previstos por el artículo 4.1. de la Orden
ITC/1030/2007, de 12 de abril, o normativa que en el futuro la sustituya,
por la que se regula el procedimiento de resolución de las reclamaciones
por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de
comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores.
La misma facultad a que se refiere el primer párrafo de esta condición
13.6. tendrá el CLIENTE que considere que la decisión o respuesta dada
por PROYECTA TIC a su queja o reclamación no satisface sus pretensiones y/o
es contraria a derecho.
13.2.8. La facultad a que se refiere la condición 13.2.7. se entiende sin
perjuicio del derecho del propio CLIENTE a someter las controversias que
surjan en su relación con PROYECTA TIC ante las Juntas Arbitrales de Consumo
y/o los órganos judiciales de la jurisdicción ordinaria.
13.2.9. La opción por parte del CLIENTE de cualquiera de los tres
métodos para la resolución de controversias contenidos en las
condiciones 13.2.7. y 13.2.8. hará inviable la posibilidad de acudir a
cualquiera de las otras dos.
Compensaciones por interrupción temporal de los SERVICIOS.
13.3.De acuerdo con lo previsto por la condición 4.1.11. el CLIENTE
tendrá derecho a obtener, en caso de interrupción temporal de los
SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES, la compensación que
se refleja en esta condición o, en su defecto, la que determine la
legislación vigente en cada momento.
13.3.1. En aquellos casos en que, durante cada mes natural, el CLIENTE
sufriera una interrupción temporal en la prestación del SERVICIO
TELEFÓNICO, PROYECTA TIC tendrá la obligación de compensar a aquel con la
mayor cantidad de las dos siguientes:
13.3.1.a.O bien la que resulte del promedio del importe facturado por
PROYECTA TIC,por todos los SERVICIOS afectados por la interrupción, durante
los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo
que haya durado ésta.
Cuando la antigüedad en la prestación del SERVICIO TELEFÓNICO que
hubiese sufrido la interrupción fuera inferior a tres meses, el cálculo a
que se refiere el primer párrafo de esta condición 13.3.1.a. se efectuará
teniendo en cuenta el importe de la facturación media generado por
dicho SERVICIO TELEFÓNICO en las mensualidades completas anteriores
o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma
proporcional al período de consumo efectivo realizado.
13.3.1.b.O bien la que resulte de multiplicar por cinco la cuota mensual
de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción,
prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
13.3.2. En aquellos casos en que, durante cada mes natural, el CLIENTE
sufriera una interrupción temporal en la prestación del SERVICIO DE
ACCESO A INTERNET, PROYECTA TIC tendrá la obligación de compensar a éste
con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas,
prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
13.3.3. PROYECTA TIC compensará al CLIENTE de forma automática y sin
necesidad de previa reclamación y/o requerimiento por parte de este.
13.3.4.PROYECTA TIC abonará al CLIENTE las cantidades a que se refieren las
condiciones 13.3.1. y/o 13.3.2. descontando el importe de la
compensación del importe de la factura correspondiente al mes
siguiente en que en se hubiera producido la interrupción temporal del
SERVICIO DE TELEFONÍA y/o del SERVICIO DE ACCESO A INTERNET que
den lugar a los derechos compensatorios.
En la factura donde figure la compensación PROYECTA TIC hará constar,
expresamente, la fecha, la duración, el cálculo y la cuantía de la
compensación que corresponde al CLIENTE.
13.3.5. Cuando el CLIENTE afectado por la interrupción en la recepción
del SERVICIO lo fuera de TELEFONÍA MÓVIL y tuviera pactada con
PROYECTA TIC la modalidad prepago (tarjeta), la compensación a que se
refiere la condición 12.3.1. se llevará a cabo ajustando el saldo
pendiente de consumir y se realizará, necesariamente, a lo largo del mes
siguiente a aquel en que se hubiera producido la interrupción que da
lugar al derecho compensatorio.
13.3.6. Cuando la interrupción temporal en la prestación del SERVICIO
TELEFÓNICO y/o del SERVICIO DE ACCESO A INTERNET obedezcan a
causas de fuerza mayor, la compensación que PROYECTA TIC deberá abonar al
CLIENTE se limitará, exclusivamente, al importe de la cuota de abono y
otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera
durado la interrupción y se llevará a cabo en la forma y plazos previstos
en las condiciones 13.3.3., 13.3.4. y 13.3.5.
13.3.7. Las compensaciones a que se refieren las condiciones 13.3.1.,
13.3.2., 13.3.5. y 13.3.6. serán independientes y no obtarán la
reclamación de la responsabilidad por daños que, de acuerdo a la
vigente legislación, pueda corresponder al CLIENTE.
13.3.8. No obstante, PROYECTA TIC quedará liberada de abonar al CLIENTE
cualquier tipo y cantidad por los conceptos de compensación y/o de
daños a que se refieren las condiciones 13.3.1., 13.3.2., 13.3.5., 13.3.6. y
13.3.7. cuando la interrupción temporal del SERVICIO DE TELEFONÍA y/o
del SERVICIO DE ACCESO A INTERNET estén motivadas por alguna de las
dos siguientes causas:
13.3.8.a.Incumplimiento grave por parte del CLIENTE de las condiciones
contractuales y, en particular, por fraude, mora en el pago o devolución
de recibos que puedan dar lugar a la suspensión temporal e interrupción
de los SERVICIOS.
13.3.8.b. Daños producidos en la red causados por el CLIENTE al haber
conectado aparatos, dispositivos, enrutadores, equipos, terminales y, en
general, cualquier otro HARDWARE que no hubiera sido homologado
para la recepción de los SERVICIOS DE TELEFONÍA y/o de ACCESO A
INTERNET de acuerdo con la normativa vigente.
13.3.9. En aquellos supuestos que un mismo PRODUCTO DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS contratado por el CLIENTE reúna
SERVICIOS TELEFÓNICOS y de ACCESO A INTERNET, para el cálculo de las
compensaciones a que se refieren las condiciones 13.3.1., 13.3.2.,
13.3.5. y 13.3.6. se seguirán las reglas siguientes:
13.2.9.a. Si del ANEXO «CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE
LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS,
PROVEÍDOS, SUMINISTRADOS Y/O PUESTOS A DISPOSICIÓN POR
PROYECTA TIC», de las facturas giradas por PROYECTA TIC o por cualquier otro
medio se pudiera deducir que parte del importe o del precio facturado
corresponde a cada uno de los SERVICIOS, será precisamente ese el que
se tome para el cálculo de las compensaciones a que el CLIENTE tiene
derecho de acuerdo a lo previsto en las condiciones 13.3.1., 13.3.2.,
13.3.5. y 13.3.6.
13.3.9.b. Subsidiariamente, para el caso de que por aplicación de la regla
prevista en la condición 12.3.9.a. no pudiera calcular el importe de la
compensación a que tiene derecho el CLIENTE, se considerará que el
precio de cada uno de los SERVICIOS es proporcional al de su
contratación por separado.
13.3.9.c. Subsidiariamente, para el caso de que por aplicación de las
reglas previstas en las condiciones 13.3.9.a. y 13.3.9.b. no se pudiera
calcular el importe de la compensación a que tiene derecho el CLIENTE,
se considerará que el precio del SERVICIO DE ACCESO A INTERNET es el
cincuenta por ciento (50%) del precio total.
13.4.A los efectos del ejercicio de los derechos a que se refiere esta
condición 13. en relación con la condición 4.1.10. el CLIENTE podrá
realizar las comunicaciones, notificaciones, quejas y/o reclamaciones
frente a PROYECTA TIC por cualquiera de los medios a que se refiere la
condición 17 y en los términos expresados en la misma.
- SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
14.1. PROYECTA TIC se compromete, con el alcance y los límites que permita
la tecnología vigente en cada momento, a adoptar todas aquellas
medidas necesarias en orden a garantizar el secreto de las
comunicaciones reconocido por la Constitución Española.
14.2. No obstante lo anterior, PROYECTA TIC procederá, de acuerdo con la
legislación vigente, a realizar por sí y/o a facilitar a terceros Agentes
Facultados, las interceptaciones de los SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES que sean cursadas y ordenadas por las
correspondientes autoridades competentes.
14.3. El CLIENTE exonera y libera a PROYECTA TIC de cualquier responsabilidad
derivada de actos que, infringiendo el derecho al secreto y a la
confidencialidad de las telecomunicaciones,pueda realizar cualquier
tercero como consecuencia de haber accedido de forma ilegal, ilícita,
ilegítima y/o fraudulenta a los aparatos, dispositivos, equipos y/o
terminales informáticos y/o electrónicos a través de los el CLIENTE
reciba y/o deba recibir los SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o
puestos a disposición por PROYECTA TIC que se encuentren o debieran
encontrarse en poder de aquel, en su domicilio o dependencias o se
hallen o debieran hallarse bajo su control y dominio (incluso vehículos
privados y/o públicos).
14.4. PROYECTA TIC queda igualmente exonerada y liberada de toda
responsabilidad que se pueda derivar por el uso ilegítimo o ilegal que el
CLIENTE pueda hacer con los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
contratados y recibidos por PROYECTA TIC.
- SEGURIDAD INFORMÁTICA Y TECNOLÓGICA. LIBERACIÓN
DE RESPONSABILIDAD A PROYECTA TIC
15.1. El CLIENTE reconoce la imposibilidad material e improcedencia de
que PROYECTA TIC pueda realizar cualquier tipo de control sobre los aparatos,
dispositivos, equipos y/o terminales informáticos y/o electrónicos a
través de los aquel reciba o deba recibir los SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos,
suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC que se encuentren
o debieran encontrarse en poder de aquel, en su domicilio o
dependencias o se hallen o debieran hallarse bajo su control y dominio
(incluso vehículos privados y/o públicos).
En consecuencia con lo previsto en el primer párrafo de esta condición
15.1., el CLIENTE reconoce la imposibilidad material de que PROYECTA TIC
pueda evitar cualquier clase de fraude o acción ilícita que pueda
cometerse, por el propio CLIENTE o por un tercero, accediendo con o sin
su conocimiento y/o consentimiento, de forma ilegítima, fraudulenta o
ilegal, a los aparatos, dispositivos, equipos y/o terminales informáticos
y/o electrónicos a través de los aquel reciba o debiera recibir los
SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados,
proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC que se
encuentren o debieran encontrarse en poder de aquel, en su domicilio o
sus dependencias o se hallen o debieran hallarse bajo su control y
dominio (incluso vehículos privados y/o públicos)
15.2.En consecuencia con lo previsto en la condición 15.1.,es
responsabilidad exclusiva del CLIENTE mantener la adecuada seguridad
en los aparatos, dispositivos, equipos y/o terminales informáticos y/o
electrónicos a través de los aquel reciba o deba recibir los SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos,
suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC que se encuentren
o debieran encontrarse en poder del CLIENTE, en su domicilio o sus
dependencias o se hallen o debieran hallarse bajo su control y dominio
(incluso vehículos privados y/o públicos), así como su protección en
casos de pérdida y frente a robos, hurtos, sustracciones, virus, intrusos,
hackers y, en general, ante cualquier agresión o ataque tecnológicos.
15.3. El CLIENTE, expresa, formal y libremente, exonera y libera a
PROYECTA TIC de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del uso fraudulento, ilícito, ilegal y, en general, ilegítimo de los SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos,
suministrados y/o puestos a disposición por ésta.
15.4. El uso fraudulento, ilícito, ilegal y, en general ilegítimo de los
SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados,
proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC al
CLIENTE no facultan a éste, bajo ningún concepto o circunstancia, para
eludir y/o incumplir la obligación de pago de las facturas giradas por
PROYECTA TIC que le incumbe de acuerdo a lo previsto en las condiciones
3.1.5. y 3.1.6.
- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONA L
«En base al Artículo 13 del «Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE» (En adelante “RGPD”), se procede, por la presente
cláusula, a cumplir con la obligación de información a los afectados de
tratamiento de datos personales de los que PROYECTA TIC es Responsable.»
Responsable del tratamiento: PROYECTA TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACION S.L
Finalidad del tratamiento: Gestión de base de datos de clientes y
comunicaciones sobre nuevos productos de su interés.
Legitimación: En base al Artículo 6 RGPD , la legitimación para el
tratamiento de sus datos personales es la ejecución del contrato de
prestación de servicios..
Destinatarios: No se ceden datos a terceros, salvo obligación legal. Así
mismo, no se realizará transferencia internacionales de datos
personales.
Derechos: Usted, como persona interesada respecto al tratamiento de
sus datos personales por parte de PROYECTA TIC, puede acceder, rectificar o
suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al
tratamiento (Derecho al olvido) y solicitar la limitación de éste.
Categorías de datos: Datos personales de los clientes.
– INFORMACIÓN ADICIONAL (En complemento de la “INFORMACIÓN
BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS”)-
¿Quien es el Responsable de sus datos personales?
PROYECTA TECNOLOGIAS INFORM. Y COM. S.L con C.I.F: B85870327 y domicilio social en C/ Carpinteros, 8, 1ª planta (28670) Villaviciosa de Odon de Madrid. 917378417, www.proyectatic.com, correo electrónico administracion@proyectatic.com
¿Con qué finalidad tratamos sus datos personales?
En PROYECTA TIC tratamos la información que usted nos facilita, con el único
fin de gestionar nuestra BBDD de clientes, para prestarle los servicios
que usted ha contratado y para facilitarle información de su interés,
sobre nuevos productos de PROYECTA TIC relacionados con el tipo de servicios
que usted tiene contratado con nosotros (Servicios de
Telecomunicaciones)
¿Cuánto tiempo conservaremos sus datos?
Los datos personales proporcionados se conservarán mientras se
mantenga la relación contractual de prestación de servicios de
Telecomunicaciones y finalizada la misma, se mantendrán bloqueados
durante un periodo de 5 años por si fuesen necesarios para el
cumplimiento de alguna obligación legal o reclamación en la cual usted
sea parte.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base legal para el tratamiento de sus datos es la ejecución del
contrato de prestación de servicios de Telecomunicaciones. Usted como
cliente está obligado a facilitar sus datos personales para poder ejecutar
dicho contrato. Así mismo, el cumplimiento con las obligaciones legales
establecidas en el RGPD por parte de PROYECTA TIC.
¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?
Los datos no se comunicarán a otras empresas.
Los datos personales no se van a transferir a un tercer país u
organización internacional.
Los ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO solo en el caso de que el cliente
no contrate directamente con PROYECTA TIC y lo realice a través de alguno de
nuestros Distribuidores, son los propios Distribuidores que intermedian
en la contratación con PROYECTA TIC.
¿Cuáles son sus derechos?
Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en PROYECTA TIC
estamos tratando datos personales que les conciernan, o no.
Tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la
rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión
cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los
fines para los que fueron recogidos.
En las circunstancias previstas en el artículo 18 RGPD, usted puede
solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso
únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de
reclamaciones.
Puede oponerse al tratamiento de sus datos con fines de mercadotecnia,
incluida la elaboración de perfiles. En tal caso, PROYECTA TIC dejaría de tratar
los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos o el ejercicio o la
defensa de posibles reclamaciones.
En virtud del derecho a la portabilidad, usted como interesado tiene
derecho a obtener los datos personales que le incumben en un formato
estructurado de uso común y lectura mecánica y a transmitirlos a otro
responsable.
¿Cómo se pueden ejercer los derechos?
Mediante un escrito dirigido a PROYECTA TECNOLOGIAS INFORM. Y COM. S.L con C.I.F: B85870327 y domicilio social en C/ Carpinteros, nº 8, 1ª (28670) Villaviciosa de Odon de Madrid o en su defecto al correo electrónico administracion@proyectatic.com
¿Qué vías de reclamación existen?
Si considera que sus derechos no se han atendido debidamente, tiene
derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de
Protección de Datos (Datos de contacto:Calle de Jorge Juan, 6, 28001
Madrid. Teléfono 912663517. Sitio web: www.aepd.es) Le
recomendamos que previamente contacte con nuestro Delegado de
Protección de Datos, mediante correo electrónico dirigido
a administracion@proyectatic.com
¿Qué categorías de datos tratamos?
Tratamos los siguientes datos personales:
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, correo
electrónico, teléfono fijo, teléfono móvil y firma.
Datos de transacciones de bienes y servicios: bienes y servicios
suministrados al afectado y datos bancarios.
Datos relativos a servicios de Telecomunicaciones: servicios contratados,
características de instalaciones, redes de datos e información sobre las
líneas.
16bis . REGULACIÓN DE LA PROTECCIÓN DE DATOS DE LAS
BBDDs DEL CLIENTE
El Cliente, titular de sus Bases de datos (En adelante “BBDD”), al
determinar los fines y medios del tratamiento de los datos personales
que las integran, es “Responsable del tratamiento”.
PROYECTA TIC, en el desarrollo de su prestación de servicios podrá acceder o
tratar a los datos personales que integran las BBDD del Cliente, tratando dichos datos personales por cuenta del Cliente y asumiendo por tanto el
rol de “Encargado del tratamiento”.
- Obligaciones del Cliente
El Cliente, como Responsable del tratamiento, se compromete a recabar
y tratar los datos personales que integran sus BBDD conforme a los
requisitos legales aplicables en esta materia, concretamente los
establecidos en la siguiente normativa legal:
- “Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (En
adelante “Reglamento general de protección de datos” o “RGPD);
- “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales” (En adelante
“LOPDyGDD”).
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (En
adelante “Ley General de Telecomunicaciones”) en lo concerniente a la
protección de datos personales de usuarios de servicios de
Telecomunicaciones.
- Cualquier otra normativa legal europea, nacional, general o sectorial
que sea de aplicación a los datos de carácter personal.
La presente clausula hace las funciones de “Declaración responsable”,
por la cual el Cliente expresamente declara que previamente al
tratamiento de los datos personales de sus BBDD:
– Cumple con todas y cada una de las obligaciones del Responsable del
tratamiento de los datos y requisitos para su tratamiento, establecidos
en el RGPD.
– Cumple con todas y cada una de las obligaciones del Responsable del
tratamiento de los datos y requisitos para su tratamiento, establecidos
en la LOPDyGDD.
– Cumple con las obligaciones como prestador de servicios de
Telecomunicaciones, establecidas en la Ley General de
Telecomunicaiones, respecto a los derechos de los usuarios de servicios
de Telecomunicaciones en el tratamiento de sus datos personales.
El Cliente en desarrollo de las citadas obligaciones, tendrá especial
diligencia en lo concerniente a,
– Implantación, evaluación y revisión periódica de las medidas técnicas y
organizas que garanticen la protección de los datos personales.
– Actualización de sus políticas de privacidad.
– Contratación de servicios solo con proveedores que, si para la
prestación del servicio necesitan acceder o tratar los datos personales,
garanticen el cumplimiento de toda la normativa legal de aplicación a la
protección de los datos personales.
– Para enviar publicidad o comunicaciones comerciales a potenciales
clientes, cuidará especialmente la revisión de “Listas de exclusión
comercial” (Lista Robinson: www.listarobinson.es/empresas) o recabará
el consentimiento explícito del potencial cliente para el tratamiento de
sus datos personales.
– Tiene designado o procede a designar Delegado de Protección de Datos
(Art. 34.1.c. LOPDyGDD; Art.37.1 RGPD) con los requisitos y para las
funciones que legalmente le son asignados, comunicando su designación
a la Agencia Española de Protección de Datos.
– Previamente al tratamiento de los datos personales por parte de
PROYECTA TIC (Encargado del tratamiento), el Cliente (Responsable del
tratamiento) facilitará a PROYECTA TIC el correspondiente “Contrato de
tratamiento por parte de PROYECTA TIC y por cuenta del Cliente (Art.28
RGPD)”.
- Obligaciones de PROYECTA TIC
Por su parte, PROYECTA TIC , como Encargado del tratamiento de los datos se
compromete a tratar los datos personales que integran las BBDD del
Cliente, conforme a los requisitos legales aplicables en esta materia,
concretamente los establecidos en la siguiente normativa legal:
- “Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (En
adelante “Reglamento general de protección de datos” o “RGPD);
- “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales” (En adelante
“LOPDyGDD”).
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (En
adelante “Ley General de Telecomunicaciones”) en lo concerniente a la
protección de datos personales de usuarios de servicios de
Telecomunicaciones.
- Cualquier otra normativa legal europea, nacional, general o sectorial
que sea de aplicación a los datos de carácter personal.
La presente clausula hace las funciones de “Declaración responsable”,
por la cual PROYECTA TIC expresamente declara que previamente al
tratamiento de los datos personales de las BBDD del Cliente:
– Cumple con todas y cada una de las obligaciones del Encargado del
tratamiento de los datos y requisitos para su tratamiento, establecidos
en el RGPD.
– Cumple con todas y cada una de las obligaciones del Encargado del
tratamiento de los datos y requisitos para su tratamiento, establecidos
en la LOPDyGDD.
– Cumple con las obligaciones como prestador de servicios de
Telecomunicaciones, establecidas en la Ley General de
Telecomunicaiones, respecto a los derechos de los usuarios de servicios
de Telecomunicaciones en el tratamiento de sus datos personales.
PROYECTA TIC en desarrollo de las citadas obligaciones, tendrá especial
diligencia en lo concerniente a,
– Implantación, evaluación y revisión periódica de las medidas técnicas y
organizas que garanticen la protección de los datos personales.
– Tratar los datos personales de las BBDD del Cliente bajo su autoridad y
siguiendo las instrucciones de éste, conforme al “Contrato de
tratamiento por parte de PROYECTA TIC y por cuenta del Cliente (Art.28
RGPD)”.
– Actualización de sus políticas de privacidad.
– En caso de subcontratación de los servicios con un tercero, solo se
realizará con terceros que garanticen el cumplimiento de toda la
normativa legal de aplicación a la protección de los datos personales.
– Tiene designado como Delegado de Protección de Datos (Art. 34.1.c.
LOPDyGDD; Art.37.1 RGPD) a D. Luis Eugenio Fernandez García, siendo su
dirección de correo electrónico Luis.fernandez@proyectatic.com. El Delegado de
Protección de Datos cuenta con todos los requisitos legales y
desempeña las funciones que legalmente le son asignadas, habiendo sido comunicada su designación a la Agencia Española de Protección de Datos.
- COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
17.1. Todas las comunicaciones y notificaciones que el CLIENTE deba o
pueda hacer a PROYECTA TIC a las que se refieren estas CGC y especialmente
las contenidas en las condiciones 4, 5 y 7., 12 y 13 podrán ser realizadas
por el CLIENTE a través de alguno de los siguientes medios:
17.1.1. Telefónicamente, en horario de Lunes a Viernes de 8:30 a 18:00 llamando al SACT PROYECTA TIC en el 917378417. En horario de 18:00 a 21:00 de lunes a Viernes así como los festivos de ámbito nacional en que dicho servicio se prestará de 10:00 a 21:00 horas a cualquiera de los números siguientes: 902010192, 902013195 ó 91737000.
Con el mismo fin expresado en el párrafo primero de esta condición
17.1.1., PROYECTA TIC dispone, también, del número corto 22974 para
llamadas realizadas desde teléfonos móviles.
17.1.2. Mediante fax enviado al SACT PROYECTA TIC a cualquiera de los
números siguientes: 914862486.
17.1.3. Por correo postal (burofax, mensajero, requerimiento notarial…)
enviado a:
PROYECTA TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN, S.L.
C/ Florida, 26
28670 – Villaviciosa de Odon- Madrid
17.1.4. Por correo electrónico dirigido a la dirección: soporte@proyectatic.com.
17.2.En cumplimiento de lo previsto por la vigente legislación reguladora
de la protección de datos de carácter personal, antes de proceder a dar
curso, trámite y/o respuesta a cualquier comunicación, notificación,
queja o reclamación efectuadas con la finalidad que sea, PROYECTA TIC podrá
exigir cuantos justificantes documentales sean precisos para verificar
que el comunicante o reclamante es el CLIENTE o una persona
debidamente autorizada por él.
La justificación documental de los extremos a que se refiere el párrafo
primero de esta condición 17.2. podrá hacerse llegar a PROYECTA TIC a través
de cualquiera de los medios contemplados en las condiciones 17.1.2.,
17.1.3. o 17.1.4.
17.3.PROYECTA TIC, de forma justificada, informará por escrito al solicitante o
reclamante de la eventual negativa a dar curso a lo pretendido en
cualquier comunicación, notificación, queja o reclamación recibida si
existiera alguna duda en cuanto a la identidad personal del solicitante,
por no coincidir con el titular contractual y/o no constar documento que
acredite su representación.
17.4. Excepcionalmente, de acuerdo con lo previsto en la condición
3.1.13., en aquellos casos en que el CONTRATO para la
prestación/recepción de SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS se haya celebrado a distancia y, en consecuencia,
PROYECTA TIC no haya podido recabar la firma original del CLIENTE en el
CONTRATO y en el «MANDATO SEPA», el CLIENTE, necesariamente,
deberá enviar y remitir a PROYECTA TIC, a su domicilio social, dichos
documentos con su firma original.
17.5. Serán válidas y eficaces, y producirán plenos efectos legales
aunque hayan sido intentadas sin efecto por ausencia, destinatario
desconocido, devolución, cierre, desahucio o cualquier otro motivo que
impida la entrega de las mismas, todas cuantas notificaciones o
comunicaciones realice PROYECTA TIC en el domicilio postal del CLIENTE que
figure en el CONTRATO o en la última notificación de cambio de
dirección postal o domicilio realizada de acuerdo a lo previsto en la
condición 3.1.2.
17.6. Serán igualmente válidas y producirán también plena eficacia entre
las partes, salvo manipulaciones, cualesquiera notificaciones que las
partes puedan practicarse mutua y recíprocamente mediante el correo
electrónico en las direcciones que figuren en el CONTRATO o en la
última notificación de cambio de dirección de correo electrónico de
acuerdo a lo previsto en la condición 3.1.2.
A los efectos de lo previsto por el párrafo primero de esta condición
17.6. la única dirección de correo electrónico válida de PROYECTA TIC a estos
efectos será la que figura en la condición 17.1.4.
17.7. Serán igualmente válidas y producirán también plena eficacia entre
las partes, salvo manipulaciones, cualesquiera notificaciones que las
partes pueda practicarse mutua y recíprocamente mediante telefax en el
número que figure en el CONTRATO o en la última notificación de
cambio de número de telefax realizada de acuerdo a lo previsto en la
condición 3.1.2.
A los efectos de lo previsto por el párrafo primero de esta condición
17.7. el único número de fax válido de PROYECTA TIC a estos efectos será el
que figura en la condición 17.1.2.
17.8. PROYECTA TIC también podrá enviar notificaciones y avisos al CLIENTE a
través del sistema Short Message Service (SMS) transmitidos al número
de teléfono móvil que le conste de éste a través de la numeración
habilitada por PROYECTA TIC a tal efecto.
- DURACIÓN DE LAS PRESENTES CGC
18.1. Las presentes CGC tienen una duración indefinida.
18.2. No obstante, el cambio de las condiciones de los mercados, las
alteraciones impuestas por terceros operadores, la evolución de la
tecnología, las modificaciones legales, mantener el equilibrio natural de
las contraprestaciones entre las partes o corregir un desequilibrio
detectado o, en general, cualesquiera cambios que puedan afectar a la
forma de contratación de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, al
alcance, condiciones, contenido, forma, y/o límites de su prestación y/o
a los propios SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados por
PROYECTA TIC, pueden imponer la obligación o aconsejar la conveniencia de
modificar estas CGC a fin de adaptarlas a dichas nuevas circunstancias.
18.3. De acuerdo con lo previsto por la condición 18.2., PROYECTA TIC se
reserva el derecho de modificar unilateralmente, y en cualquier
momento,estas CGC.
18.4. No obstante lo previsto en la condición 18.4. PROYECTA TIC solo podrá
variar las presentes CGC, cuando concurra alguna de las circunstancias a
que se refiere la condición 18.2., cumpliendo los siguientes requisitos:
18.4.1.PROYECTA TIC deberá comunicar al CLIENTE del cambio en las CGC.
La comunicación a que se refiere el párrafo primero de esta condición
18.4.1. podrá efectuarse mediante mensaje «Short Message Service»
(SMS), correo electrónico a la única y/o última dirección que el CLIENTE
hubiera facilitado de acuerdo con lo previsto en estas CGC, inclusión de
la correspondiente advertencia en la factura girada contra el CLIENTE y,
en todo caso, mediante aviso en la página web de PROYECTA TIC
www.PROYECTA TIC.net.
18.4.2. La comunicación deberá contener la fecha en que las nuevas CGC
entran en vigor, así como, en su caso, la referencia genérica a las
condiciones que serán modificadas.
18.4.3. Cuando las modificaciones que se vayan a operar impongan al
CLIENTE condiciones más onerosas u obligaciones adicionales, PROYECTA TIC
deberá, además, advertir a éste del derecho que le asiste de resolver el
contrato unilateralmente, sin que, por ese solo hecho,deba abonar
penalización alguna.
- EXCLUSIONES
19.1. Las prestación de SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL queda
expresamente excluida de lo previsto en estas CGC.
Cuando un CLIENTE de PROYECTA TIC lo sea, en parte, de SERVICIOS DE
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS y, en parte, de SERVICIOS DE
TARIFICACIÓN ADICIONAL, el régimen previsto en las presentes CGC se
aplicará, exclusivamente a los SERVICIOS DE COMUNICACIONES
ELECTRÓNICAS y lo pactado en el contrato que, al efecto, se firme se
aplicará a los SERVICIOS DE TARIFICACIÓN ADICIONAL y, en ambos casos,
en en lo no previsto por estas CGC y/o por el mencionado contrato, será de aplicación lo previsto en la legislación, disposiciones y demás
normativa vigente aplicable.
19.2. Queda igualmente excluido de lo previsto en estas CGC la relación comercial entre PROYECTA TIC y los revendedores de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC.
La relación comercial a que se refiere el primer párrafo de esta condición
19.2. se regulará por lo previsto en el contrato que, al efecto, se firme entre PROYECTA TIC y el revendedor.
A los efectos de lo previsto en el primer párrafo de esta condición 19.2. se entenderá por revendedor aquella persona física y/o jurídica que, recibiendo los SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIONES facilitados, prestados, proveídos, suministrados y/o puestos a disposición por PROYECTA TIC, sin hacer un uso de los mismos como consumidor final, los destinen, a su vez, con o sin la condición de operador, a la venta a favor terceros.